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Ministerio de Economía

Crédito para pago de planillas será de 3,73 % anual



Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, Osvaldo Jáuregui.

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas reglamentó del decreto del Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo, el cual fija una tasa de interés anual de 3,73%, a través de la Resolución Ministerial 160.

Las entidades financieras bancarias y entidades financieras no bancarias, públicas y privadas o mixtas serán las encargadas de la otorgación de créditos del Plan de Emergencia de Apoyo al Empleo y Estabilidad Laboral.

El plazo del crédito será hasta 18 meses y 6 meses de gracia, y el monto para otorgar éstos créditos, serán equivalentes a 2 salarios mínimos nacionales, mensuales por trabajador y máximo 2 meses.

La nota de prensa del Ministerio de Economía señala que el monto máximo por trabajador será de 8.488 bolivianos, resultado de: Salario Mínimo Nacional 2.122, y por dos salarios Mínimos por trabajador alcanza a 4.244, por un máximo de dos meses sube a 8.488

Los prestatarios que obtengan créditos del Plan serán aquellas que no cuenten con créditos o tengan créditos vigentes al 29 de febrero de 2020 en las categorías de riesgo A, B, y C, señala la nota.

Las empresas beneficiarias del Plan tendrán la obligación de presentar a las entidades bancarias la última planilla de pago de aportes a las AFP’s acompañada de una declaración jurada que respalde la veracidad de la información.

APOYO A LAS MYPES

También el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de la Resolución 159, autoriza al Banco de Desarrollo Productivo (BDP) la suscripción de contratos con las fuentes de financiamiento para el Programa Especial de Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

Se trata de préstamos blandos a las Micro, Pequeña y Mediana Empresa de todo el país a un plazo de hasta 5 años, y entre 6 meses y 1 año de gracia, el monto máximo para otorgar el crédito será de hasta 115.000 bolivianos y la tasa de interés activa será la Tasa Regulada.

Los Bancos Pymes, instituciones Financieras de Desarrollo, Cooperativas de Ahorro y Crédito y Entidades Financieras de Vivienda, serán las que otorguen los créditos a las Micro, pequeñas y Medianas Empresas con el objetivo de precautelar las fuentes de empleo, el funcionamiento, continuidad del negocio y sus operaciones de las unidades productivas, apunta la nota.

El Programa cuenta con un Fondo de 1.500 millones de bolivianos, donde el BDP será el administrador y será el encargado de la colocación de Segundo Piso a las entidades ya mencionadas.

ASIGNACIÓN

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del TGN, realizará la asignación presupuestaria necesaria para la ejecución del Plan bajo la siguiente modalidad: El MEFP instruirá al Banco Central de Bolivia (BCB) el débito de la cuenta única del tesoro para su acreditación en la cuenta corriente y de encaje legal de las entidades financieras.

La tasa de interés será concesional y será igual a la tasa de interés que el BCB recibe por créditos al Tesoro.

Las entidades financieras tendrán un plazo de 24 meses para la devolución de los recursos al TGN

Los recursos asignados a dicho plan alcanzan la suma de 2.000 millones de bolivianos.

Las entidades financieras reportaran diariamente a la ASFI las solicitudes recibidas para el registro correspondiente.

 
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