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Cuarentena

Indulto en suspenso por falta de sesión en el Legislativo

Experto en temas penitenciarios manifiesta que Decreto Presidencial beneficiará a 190 personas privadas de libertad y abogado sugiere que la medida se amplíe a mujeres que tienen hijos menores y que se encuentran con detención preventiva


HACINAMIENTO EN LAS CÁRCELES DEL PAÍS SOBREPASAN EL 300%

El Decreto Presidencial de Amnistía e Indulto, propuesto por el Gobierno, que beneficia a reclusos que tengan más de 58 años de edad y mujeres de 55 años que tengan tres o más hijos, en este tiempo de cuarentena total, queda en suspenso porque no hay fecha de sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), cuyo último plenario fue hace más de un mes.

El diputado de Unidad Demócrata (UD), Amilcar Barral, manifestó a EL DIARIO, que la ALP podría instalarse el próximo jueves, donde se tratarán este y otros proyectos pendientes.

El exdirector del Régimen Penitenciario, y experto en temas carcelarios, abogado Ramiro Llanos, en contacto con EL DIARIO manifestó que de acuerdo al Decreto Presidencial emitido el jueves 9 de abril de 2020, por el Gobierno central, beneficiará solo a 190 personas privadas de libertad.

“Según mis cálculos el 10% de los beneficiarios por delitos menores serían una 1.900 personas (robo, 1.4; hurto 1.4; lesiones 0.8; drogas 2.5; otros 1%), de estos 1.900, el 10% son de la tercera edad, es decir 190 personas privadas de libertad”, explicó.

Por otro lado manifestó que una variante que no puede medirse son los juicios abreviados, que en criterio suyo, representan un peligro por los “negociados entre la Fiscalía y Juzgados”.

“Personas con delitos mayores negociaran sentencias menores, ahí puede subir el número de beneficiarios, pero con esto afectamos la seguridad ciudadana o seguridad pública. Los juicios abreviados serán negocios entre fiscales y jueces ya que en su desesperación los privados de libertad pagarán lo que sea, en anteriores medidas dice que pagaron desde 3.000 hasta 7.000 dólares”, aseveró.

En ese marco, recomendó que quien elabore el informe técnico para la aplicación del decreto sea una instancia administrativa conocedora, del tema.

“Tenemos que contar con un Instituto Nacional Penitenciario para la administración civil de centros penitenciarios, ahora todo está policializado, es decir la carpeta para los beneficios depende de una autoridad de la Policía, y todos saben el nivel de cobros que se realizan, este beneficio no será la excepción”, advirtió.

Por otro lado, el abogado Eusebio Vera, en contacto con EL DIARIO manifestó que el decreto debería ampliarse a personas que tienen penas privativas leves con delitos de escasa relevancia social y aquellas que tengan un primer delito, sin ningún tipo de antecedentes.

“Hay que tomar en cuenta que en las cárceles del país, el 70% de la población está con detención preventiva y el resto con sentencia condenatoria. Es pertinente, por la pandemia mundial, que se regule este aspecto y aumente el número de personas que se beneficie de alguna forma con esta medida”, aseveró.

Asimismo manifestó que se debe evaluar la presencia de mujeres, toda vez que hay personas con hijos menores que a la fecha no pudieron activar su cesación a la detención preventiva, en función a la Ley 1173.

“Hay muchas mujeres que son padre y madre con hijos menores de edad y que pueden ser beneficiadas con esta normativa”, aseveró.

DATOS

De acuerdo a datos que proporcionaron en una nota de prensa del Ministerio de Gobierno, en todo el territorio nacional, la población de los centros penitenciarios es de 18.101 reclusos.

Sumados los 19 centros penitenciarios y las más de 30 carceletas que existen en territorio boliviano tienen capacidad para albergar a 5.805 privados de libertad; sin embargo, en estas se encuentran 18.101 recluidos con lo que el hacinamiento llegó a más del 300 %.

Un informe de la Defensoría del Pueblo, en 2019, revela que la detención preventiva en Bolivia se ha convertido en la regla y no la excepción, y el hacinamiento en el común de todos los centros penitenciarios del país.

Según datos de esa instancia de Estado, el caso más alarmante está en el penal de San Roque de Sucre, espacio diseñado para 102 internos pero donde viven 738, que representa un 624% de sobrepoblación.

Le siguen los penales de Santa Cruz con 297% de hacinamiento, Oruro con 252%, La Paz con 239% y Pando con 227%, entre los casos más relevantes.

El informe reveló también que el 70% de los internos están detenidos sin sentencia y apenas el 30% tiene condena.

 
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