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Caso respiradores

Detención preventiva para cuatro personas

Denunciaron irregularidades en el proceso Imputados más de 24 horas en calidad de aprehendidos


MOMENTO EN QUE LOS IMPUTADOS LLEGABAN A SU AUDIENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES Y EL JUEZ DESPUÉS DE APREHENSIÓN.

La madrugada de ayer, cuatro imputados por el caso respiradores fueron enviados con detención preventiva al penal de San Pedro de La Paz, mientras que las dos técnicas del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) fueron beneficiadas con medidas sustitutivas, todos denunciados por la presunta compra irregular de 170 respiradores españoles.

El director jurídico del Ministerio de Salud, Fernando V., y el director de la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico (Aisem), Giovanni P., fueron aprehendidos la tarde del martes 19 de mayo y enviados con detención preventiva, por seis meses, en el penal de San Pedro de La Paz, la madrugada de ayer.

El exministro de Salud, Marcelo N., y las técnicas del BID Ana E., y Gabriela P., fueron aprehendidos la mañana del miércoles 20 de mayo. La exautoridad fue enviada con detención preventiva la madrugada de ayer, domingo, por tres meses, al penal de San Pedro. Las técnicas del BID fueron enviadas con detención domiciliaria, por seis meses, sin permiso laboral.

El empresario Luis H., denominado “testigo clave”, fue aprehendido el viernes 22 de mayo tras haber prestado su declaración informativa hasta altas horas del jueves. La madrugada de ayer fue enviado con detención preventiva al penal de San Pedro de La Paz, por seis meses. Luis H. fue presentado el jueves, tras que pidiera ser trasladado de Cochabamba indicando que tenía pruebas contundentes para demostrar que el Estado había sido estafado.

NORMA

El abogado Eusebio Vera explicó a EL DIARIO que, de acuerdo a norma, una vez ejecutada la aprehensión por personal policial, la persona aprehendida deberá ser puesta a disposición de la autoridad judicial (juez) en un plazo no mayor a 24 horas, para que la misma pueda dictar alguna medida cautelar si fuera necesario, en este caso todos los imputados permanecieron más de dos días en calidad de aprehendidos.

Por lo mencionado, abogados de tres de los imputados presentaron el viernes una acción de libertad traslativa o de pronto despacho contra el Tribunal Departamental de Justicia, cuyo fin era que la situación jurídica de sus defendidos sea definida.

Paradójicamente, cuando el juez ya había definido la situación jurídica de los imputados, el juez del Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto fijó para las 11.30 de ayer domingo, la audiencia pública presencial para resolver el recurso legal presentado, extremo que fue calificado de “absurdo” y “burla” por los abogados que solicitaron la tutela.

EXMINISTRO

Al promediar las 10.30 de la mañana del día miércoles 20 de mayo, el exministro de Salud fue conducido por el director nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), coronel Iván Rojas, a dependencias de la fuerza anticrimen en calidad de aprehendido. Sin embargo, hasta las 15.00 horas de ese mismo día, la abogada que lo defiende, Rosario Canedo, señalaba: “En este momento se está terminando de hacer un acta para justificar la detención que ha habido esta mañana”. Lo que significa -según el abogado Eusebio Vera- que al momento de proceder a la aprehensión no existía ninguna orden escrita emitida por alguna autoridad; lo más grave aún fue que la autoridad policial no conocía los motivos ni los delitos por los cuales realizaba la aprehensión limitándose a señalar “…se está evaluando las acciones respectivas para que sea la comisión de fiscales, la que califique inicialmente los tipos delictivos bajo los cuales se está llevando el caso”; transgrediendo y vulnerando los preceptos constitucionales.

El parágrafo V del artículo 23 de la Constitución Política del Estado (CPE) señala: “En el momento en que una persona sea privada de su libertad, será informada de los motivos por los que se procede a su detención, así como de la denuncia o querella formulada en su contra”. Esta normativa es concordante con el Art. 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.

Por otro lado, el fiscal del caso, Rudy Terrazas, explicó que para la detención preventiva del exministro de Salud, el juez tomó en cuenta las cartas que él remitió a la Aisem, tanto de la adjudicación de los 170 respiradores como el alquiler del vuelo chárter para el traslado de los equipos.

“Se tomó en cuenta la declaración de Luis H. y el desdoblamiento del teléfono de Fernando V. donde se lo menciona al exministro en las conversaciones chat. El exministro ha autorizado el proceso, ha habido una influencia en el proceso por parte del director jurídico que dependía como enlace del exministro de Salud y concretamente la declaración de Luis H., son los elementos indiciarios que el juez ha tomado en cuenta”, aseveró.

 
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