Hay justificada preocupación en la colectividad por el hecho de que de enero a esta parte, ambas cámaras –senadores y diputados- continúan en funciones no obstante haber vencido su mandato el 22 de enero; se lo hace con el justificativo de “haberse prorrogado” su mandato. La pregunta lógica es: ¿corresponde esa ampliación? ¿No es clara y terminante la Constitución en sentido de que “nadie puede prorrogar el mandato de quienes cumplieron su período constitucional?
Todo muestra que el Ejecutivo, con la presidenta Jeanine Áñez a la cabeza, habría sido presionado ilegalmente para prorrogar el mandato de los miembros del Congreso debido a que ella, habiendo sido parte del Senado, habría sido prorrogada. Al respecto, corresponde señalar que la presidenta Añez ejerce su mandato conforme a la Constitución debido a una sucesión constitucional por ausencia definitiva del Presidente; que ella, como presidenta del Senado, constitucionalmente estaba obligada a asumir la Presidencia de la República dejando de ser, automáticamente, senadora o miembro de la Cámara de Senadores. Ella, por disposición constitucional asumió la Presidencia del Estado, dejando de ser definitivamente senadora.
Esta situación no era aplicable a senadores y diputados que no asumieron cargo alguno en vez del Legislativo; es decir que vencido su período para el que fueron elegidos, dejaron de ser parlamentarios y pasaron a la condición de simples ciudadanos. Esta situación implica que ellos no tienen autoridad para ejercer cargos que tuvieron hasta el 22 de enero y seguir en funciones implica que vulneran la Constitución y no tienen la autoridad que se dice para seguir en el Parlamento.
Es lamentable que el gobierno y abogados constitucionalistas no hayan hecho notar esta situación anómala que se vive, con un Parlamento conformado por quienes fueron y ya no son senadores ni diputados. Consiguientemente, ellos no tienen autoridad alguna y lo que “dispongan” en ambas cámaras del 23 de enero a la fecha, es ilegal, es suplantación de funciones porque tampoco vale el decreto por el cual se prorrogaría su mandato, decreto absolutamente ilegal por violar la Carta Magna.
El caso de la Presidenta es diferente porque ella reemplazó, por mandato constitucional, a quien dejó de ser Presidente y pasó a la condición de simple ciudadano. Ella, como Presidenta Constitucional, ejerce sus funciones no como senadora, ya que dejó de serlo una vez que pasó a ser parte fundamental del Poder Ejecutivo.
Ante esta situación, ¿con qué autoridad, ex senadores y ex diputados fungen como tales y se permiten actuar en nombre del Legislativo? Este grave problema debe ser aclarado por quienes son llamados por ley para hacerlo; además, el Colegio Nacional de Abogados debería pronunciarse al respecto, antes de que se siga suplantando lo que señala la Ley de Leyes.
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