El siguiente decálogo de medidas para una mejor regulación de la tenencia de mascotas es fruto de nuestra experiencia con peces, anfibios y reptiles. Son generalidades que aplican a la tenencia de toda mascota, aunque cada tipo de comercio de mascotas tiene sus singularidades y recomendamos un análisis por grupos de animales para hacer propuestas más concretas:
1. Mejorar las medidas de bioseguridad en las instalaciones. Ya sean privadas o públicas, e independientemente de su tipología y finalidad. Las instalaciones de acuicultura han sido un foco importante de introducción de especies vinculadas al comercio de acuarios.
2. Obligación de adquirir formación específica y un carné para tener mascotas. De esta manera, cuando el animal permita ser marcado con microchip, tanto este como su dueño pueden ser identificados inequívocamente desde el momento de la venta.
3. Obligación de los países de garantizar la seguridad sanitaria. Deben certificarla tanto el estado emisor como el receptor en la venta de animales de cría en cautividad nacional o en el país de origen de la especie, teniendo en cuenta las enfermedades emergentes de peces, anfibios y reptiles. Esta venta debe estar sujeta a demanda según la disponibilidad en el país receptor de mascotas no deseadas de esas especies que serán ofrecidas en adopción a través de los centros de recuperación de fauna o puestas en venta de nuevo si la acogida la hizo un comercio.
4. Regular la oferta de especies en función del tamaño de los adultos y el tipo de alojamiento de los propietarios. En un piso de 40 metros cuadrados difícilmente se podrá mantener en óptimas condiciones una iguana de más de un metro de talla máxima adulta.
5. No ofertar en el mercado libre a bajo precio ejemplares juveniles de especies que alcanzan tamaños adultos medios, aunque sí permitir la venta de individuos de talla mayor para que los futuros propietarios sean más conscientes de su tamaño adulto y se reduzca la compra poco reflexiva como ha ocurrido con la venta de tortugas de agua.
6. Conceder permisos especiales de tenencia de especies. Para aquellas que, aun no siendo ofertadas al público general, puedan ser adquiridas por miembros de sociedades oficiales de aficionados a los acuarios y a los terrarios para contribuir al conocimiento de su biología, ecología y al desarrollo de técnicas aplicables a programas de cría en cautividad con la obligación de poner en conocimiento de la administración sus resultados.
7. Prohibir la venta de habitáculos inapropiados para el mantenimiento de mascotas a largo plazo. Algunos ejemplos son las peceras de bola de cristal o las pequeñas islas de plástico para tortugas. También debería ser obligatorio realizar una revisión veterinaria regular de los animales para garantizar su bienestar.
8. Perseguir de forma activa el tráfico ilegal y la venta en Internet. En el comercio electrónico de especies entre particulares sin núcleo zoológico no puede garantizarse ni el bienestar animal ni la formación de los nuevos propietarios.
9. Fomentar el diálogo entre aficionados al cuidado de animales exóticos y académicos. El debate sosegado e intercambio de experiencias facilita un estudio inclusivo de las especies de animales exóticos del que todas las partes se beneficien. Puede resultar útil la creación de listas de mascotas permitidas por colectivos.
10. Aumentar la inspección por parte de expertos. Pueden crearse comités técnicos de inspección del comercio de mascotas exóticas asesoradas por académicos y aficionados especializados registrados oficialmente. La gran diversidad de especies no supone un problema per se en la gestión del comercio, solo requiere de personas con los conocimientos taxonómicos y de la biología de los grupos apropiados como ocurre en la gestión del medio natural.
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