Diputado Tomás Monasterio
La decisión que tome el órgano electoral es una prueba de fuego para demostrarle al país que se actúa en función de lo que establece el derecho y que se está del lado del pueblo
Después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) admitiera las denuncias en contra el Movimiento al Socialismo (MAS) por la difusión de resultados de encuestas, el diputado por Unidad Demócrata (UD) Tomás Monasterio, puntualizó ayer que el partido de Evo Morales no tiene salvación y no hay forma alguna de que puedan justificar su error.
El parlamentario celebró la admisión de las denuncias presentadas por varios frentes políticos, abogados independientes, comités cívicos y particulares solicitando la anulación de la personería jurídica del Movimiento al Socialismo y la inhabilitación de todos sus candidatos a nivel nacional por haber hecho públicos los resultados de encuestas internas por parte de su candidato presidencial.
“El Movimiento al Socialismo no tiene salvación, no hay forma alguna de que puedan defender o sustentar una posición en torno a la contravención de la ley 026 en su artículo 136. El señor Luis Arce a difundido resultados claros de encuestas y estudios internos del MAS de manera pública, esto está prohibido, y la sanción es la cancelación de la personalidad jurídica y la inhabilitación de candidatos” expresó el parlamentario representante del departamento de Santa Cruz.
Señalo que el Tribunal Supremo Electoral está en la obligación de aplicar una sanción ejemplar en contra de los que cometieron faltas electorales en este caso, actuando de acuerdo a lo que establecen las normas. La decisión que tome el órgano electoral es una prueba de fuego para demostrarle al país que se actúa en función de lo que establece el derecho y que se está del lado del pueblo, señaló el legislador.
Reiteró su promesa de ser vigilante de que el presente proceso se lleve con absoluto transparencia y garantizar que Luis Arce sea procesado como corresponde, no por un interés político sino para garantizar que las normas se cumplan para todos los ciudadanos por igual, habiendo jurisprudencia por un caso similar en 2015.