Rebaja de pensiones en colegios privados
> Jurista advierte que ningún menor puede ser expulsado de las clases virtuales
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Chuquisaca denegó la tutela de una Acción Popular que pretendía interrumpir el tratamiento de un proyecto de ley que busca la rebaja del 50 % en las pensiones de unidades educativas particulares, informó a EL DIARIO, el abogado Israel Quino.
Quino precisó que el fallo constitucional emitido la noche del miércoles permite continuar el avance del proyecto de ley que a la fecha se encuentra en la Comisión de Educación del Senado, de donde se espera un informe técnico que será abordado en el pleno de la Cámara Alta y si este es aprobado su posterior remisión a Diputados.
“Si el proyecto es aprobado en Diputados, se convoca a una sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional para aprobar y sancionar la norma, para que sea remitido al Ejecutivo para su posterior promulgación”, explicó.
El jurista apuntó que en audiencia, el representante legal de la Asociación Colegios Particulares (Andecop) reconoció que el acuerdo sobre los descuentos fue suscrito solo entre colegios privados y el Ministerio de Educación, sin la asistencia de padres de familia.
Asimismo, dijo que existe solamente un comunicado de prensa para avalar los descuentos en colegios sin la existencia de un instrumento jurídico alguno que autorice a los colegios aplicar descuentos.
“A partir del Decreto Supremo 4260 del 6 de junio de 2020, que legaliza la educación virtual y la reglamenta a partir del 7 de julio, con el nuevo calendario escolar, se reconoce que a partir de julio recién tiene vigencia la educación virtual, lo que implica que de marzo a julio se ha realizado prestación de servicios educativos inexistentes”, apuntó.
En ese marco, acotó que el período de marzo a junio los colegios brindaron clases fuera de la norma, por lo que no corresponde la cancelación de mensualidades.
“No corresponde ningún pago por esos meses, porque la educación virtual no estaba autorizada por el Ministerio, no se puede pagar por servicios educativos irregulares y fuera de la norma. Por eso es necesario un acuerdo de partes de julio a diciembre, de no conciliar una vez aprobada la ley se aplica el 50 % de descuento de hecho en las relaciones contractuales entre colegios y padres de familia”, aclaró.
Por otro lado, Quino manifestó que en audiencia, los accionantes argumentaron que el proyecto de ley se constituye en una amenaza contra el derecho a la educación, tomando en cuenta que, de materializarse en ley, provocaría el cierre de muchos colegios privados, impidiendo a miles de estudiantes la libre elección a la educación privada, empero no tomaron en cuenta los intereses de los niños.
En junio de 2020, el senador del Movimiento Al Socialismo (MAS), Omar Aguilar, presentó un proyecto de ley que plantea que, si los padres de familia y los propietarios de los establecimientos de educación privados no llegasen a un acuerdo para establecer la rebaja de las mensualidades, se aplique una reducción del 50 %.
ILEGAL
Respecto a denuncias de que en algunos colegios amenazaron con negar el ingreso a la unidad educativa el siguiente año o sacarles de las clases virtuales si no cumplen con las mensualidades, aclaró que el extremo es un delito.
“Sacar a un estudiante de las clases virtuales por falta de pago es lo más atentatorio, es un delito no se puede generar ningún tipo de suspensión de las clases virtuales a ningún menor de edad, porque eso está regulado por el Código Niña, Niño y Adolescente y tratados internacionales, además de sentencias constitucionales que prohíben ese extremo”, dijo.