Eufren Wilmer Franco Huaycho
La CPE pregona que la educación es una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla. Como en todo ámbito, la norma específica que regula esta realidad es la Ley N° 070 Avelino Siñani – Elizardo Pérez. Esta normativa organiza el sistema educativo plurinacional en tres sub sistemas: Subsistema de Educación Regular (SER), Subsistema de Educación Alternativa y Especial y Subsistema de Educación Superior de Formación con sus propias particularidades de atención.
Según el reporte estadístico INE (2019), en el subsistema de educación regular se tiene 137.165 maestros en ejercicio, 6.271 directores, 12.047 administrativos, 15.931 Unidades Educativas y 2.901.320 estudiantes que corresponden al nivel inicial, primario y secundario. La norma principal que regula una gestión escolar es la Resolución Ministerial que se publica en los primeros días de enero. Para el caso específico del SER, la Resolución vigente específica que la gestión escolar comprende tres etapas de cumplimiento obligatorio: planificación, desarrollo y cierre de gestión.
Por el contexto político, social, sanitario y otros factores, nuestra educación fue afectada por tres hechos inéditos: la suspensión de las clases presenciales en todo el territorio nacional tras la promulgación del DS N° 4.196 por el gobierno de transición; el 6 de junio el Ministerio de Educación deja en conocimiento el DS N° 4.260 que legaliza cuatro modalidades de atención educativa y otros componentes para continuar con los procesos formativos durante la pandemia del COVID-19; asimismo, pide modernizar la educación.
Como es de conocimiento general, esta disposición generó duras críticas, desencuentro, marchas de protesta de sectores sociales y sindicales del magisterio urbano-rural; y posteriormente fue emitida la R.M. N° 0050/2020 del 31 de julio que determina la clausura de la gestión escolar 2020 en el SER a nivel nacional. El principal argumento de esta última normativa de alcance nacional es precautelar, cuidar, proteger la salud e integridad de los estudiantes, maestros y padres de familia; también con el compromiso de desplegar espacios de fortalecimiento, capacitación para maestros en el manejo de herramientas virtuales y a distancia; asimismo, continuar con la modernización, complementación y creación de plataformas virtuales con accesibilidad para todos los estudiantes matriculados, como también para apoyar a los bachilleres.
Esta resolución genera incertidumbre en padres de familia, estudiantes, juntas escolares y maestros; asimismo, la demanda de acción popular en contra de la determinación luego desencadenó una resolución judicial que deja sin efecto la R.M. N° 0050/2020. Como respuesta, el Ministerio de Educación decide presentar otro recurso ante el TCP para ser confirmada o revocada la resolución. Del pronunciamiento que tenga el TCP dependerá la concretización de algunas disposiciones normativas vinculadas a la R.M. N° 0050/2020, tal es el caso del operativo para el reporte de calificaciones en el sistema sie.ecadémico (plataforma del MECyD para cargar calificaciones) que hasta la fecha no se tiene y está fuera del plazo como estableció el Ministerio de Educación, mediante el Viceministerio de Educación Regular.
Mientras nos encontramos en este contexto de incertidumbre o dudas, desde la sociedad se escucha voces de descontento y se pide continuar con el apoyo pedagógico a nuestros estudiantes a pesar de que hayan promovido de curso sin haber desarrollado las habilidades esperadas según el Currículo Base.
Tras la clausura, el ente sindical del magisterio rural y urbano adopta una postura de rechazo. La dirigencia del magisterio rural expresa su predisposición de acompañar el proceso educativo de nuestros estudiantes, sin discriminación y exclusión, en consenso con las bases. En este contexto, algunas unidades educativas del área dispersa van organizando de manera silenciosa sesiones de apoyo complementario con participación de maestros o profesionales particulares. Pues aún están vigentes decretos nacionales que restringen aglomeraciones.
Por las experiencias que se rescata desde la historia de la educación boliviana, se concluye que los modelos o políticas educativas emanadas bajo una fuerte lógica de arriba hacia abajo y con poca participación democrática no muestran resultados ponderables, de satisfacción para las necesidades contextuales. Cabe resaltar que la educación significa formación, desarrollo de capacidades, potencialidades, preparación de sujetos pensantes que tienen diferentes esquemas interpretativos para leer la realidad inmediata. En este sentido, es muy importante practicar la democracia participativa y de consenso en la toma de decisiones que pueda trascender y mantener cierta calma en todos los actores. En caso contrario, seguiremos viviendo un clima de disconformidad, de insatisfacción.
El autor es maestro de Matemáticas del sistema fiscal (S.E.R.).
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