Tribunal Supremo Electoral
Las personas de la tercera edad quedan exentas del cumplimiento de la presentación del certificado de sufragio o del pago de multa correspondiente, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) presentó la resolución "Dispensación Excepcional de Presentación de Certificado de Sufragio para Personas Mayores de 60 años".
El TSE instruyó a la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI), la Dirección de Migración Nacional y al sistema de administración pública del Estado en todos sus niveles el cumplimiento de la resolución.
Por la pandemia del coronavirus (Covid-19), el TSE decidió que los adultos mayores no estaban obligados a votar en los comicios del domingo 18 de octubre como una medida para resguardar su salud.
De acuerdo con ANF, en Bolivia, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos y el único documento que acredita el cumplimiento de esta obligación es el certificado de sufragio que, de acuerdo a la Ley del Régimen Electoral, exigen junto al comprobante de pago de la multa permitir la realización de trámites bancarios, ocupar cargos públicos y obtener pasaporte.
Asimismo, se establece una excepción para quienes no hayan podido sufragar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada documentalmente, para las personas mayores de 70 años y las personas que acrediten haber estado ausentes del territorio nacional al momento de la votación.