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La autoridad política y la justicia

Álvaro Numbela T.

A 2020 vuelve al tapete verde del desvelo, la calidad de la justicia boliviana. Ella es motivo de preocupación. Los Poderes Políticos vuelven a reprender los intentos que buscan –en vano- la “meritocracia” practicada desde varios años atrás.

LA PRÁCTICA RECIENTE

En la administración de justicia se busca en vano tener a los mejores hombres encargados de manejar la justicia. Dado que, desde siempre sigue la expresión latente de “no judicializar la política” con la meritocracia repetida, por una parte ¿Ya no se tendrá jueces y fiscales de los años noventa?...; por otra parte, los jueces y fiscales ¿Ya no van a tener la presión que están sufriendo hoy de este gobierno?... El gobierno de 2020 presidido por el señor Luis Arce, cree tener aclarado “que la mayoría de las acusaciones ¡son políticas!”. (1)

NO, ¡no es así! simplemente. Los gobernantes pueden hacer muchas cosas, pero… sin traspasar el cuadro o las orbitas establecidas en una reglamentación preexistente (El Estatuto Constitucional). Por esta consideración, nos tenemos que ubicar en el terreno jurídico. Entonces, no es superfluo preguntarse ¿Quién gobierna Bolivia?... No es una sola persona que toma el Titulo al mando. Es el soberano-el pueblo que establece en su Constitución sobre la significación que el Derecho Constitucional da al título de gobernante, las prerrogativas que el confiere y las obligaciones que él impone. (Art. 12 de la Constitución Política del Estado).

Como se puede observar, los intentos que se generan a 24 de octubre de 2020 –contrarios a la independencia de los Poderes del Estado- pueden apartarse de las normas del Poder Judicial y puede tomar nuevas formas de corrupción. Como también a su turno, representa la renuncia de los componentes del Banco Central de Bolivia, quienes –como causa de sus renuncias- sostienen “la continua injerencia política sobre la institución”(2)

LA PROBLEMÁTICA CONTEMPORÁNEA

La problemática contemporánea del Desarrollo representa el necesario perfeccionamiento de las formas de organización política social. En lo judicial por lo menos con un Sistema Procesal Común o un Estatuto de la Magistratura, para mejorar su rendimiento.

En tanto que, la manera de buscar a los mejores hombres mediante elecciones practicadas ¿Por quienes?... Ello aparta la justicia de las normas universales y puede resultar una violación de los estándares anticorrupción establecidos por la organización judicial. Consiguientemente, lo menos que se tiene que hacer es consultar al cuerpo judicial encargado del respeto del derecho constitucional… ¿Para qué?... para que el Consejo de la Magistratura sea un órgano realmente independiente que busque salvaguardar la independencia del Poder Judicial y de los jueces individuales.

Por lo tanto, resulta una condición sine qua non para una lucha eficaz contra la corrupción, que los jueces sean elegidos por sus colegas de todos los niveles del Poder Judicial. Así demuestra en este sentido, el presidente de Norteamérica Donald Trump que cuando nombra a una componente del Poder Judicial lo hace porque le presentan una terna de los jueces en carrera que luego tiene una consiguiente aprobación del Congreso. (Estudiar caso Juez Amy Coney Barrett Novena Juez de la Corte Suprema Americana, de 14 de octubre de 2020)

Por ello insisto en que las autoridades políticas no deben intervenir en ninguna etapa de lo que corresponde al turno judicial. Por lo mismo y al contrario, todo esto debe ser implementado por un Estatuto de la Magistratura que tendría que regir para integrar a jueces en carrera, con veinte-treinta años de servicio, al Consejo de la Magistratura, al Tribunal Supremo de Justicia, al Tribunal Constitucional en homenaje más disciplinado, vivo y cívico, al final.

1.- Página Siete: Arce adelanta que los Jueces serán elegidos por meritocracia. La Paz 22 de octubre de 2020, Pág.1.

2.- Prensa Nacional: Renuncia el directorio del BCB, La Paz 14 de octubre de 2020. Pág. 1.

 
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