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Comicios Subnacionales 2021

Registro para alianzas hasta el 5 de diciembre

> De acuerdo con el Calendario Electoral vigente, las alianzas entre agrupaciones ciudadanas, partidos políticos y organizaciones de pueblos indígenas tendrán que presentarse ante instancias nacionales o departamentales
> Las alianzas deben especificar el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizarán


Las alianzas entre partidos políticos o agrupaciones ciudadanas deben registrase hasta el venidero sábado, según calendario electoral.

Con miras a las próximas elecciones subnacionales, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó ayer el reglamento para la creación y registro de alianzas entre partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas, las que deberán presentarse hasta el 5 de diciembre del año en curso ante instancias nacionales o departamentales, según el alcance nacional o regional de la alianza.

El reglamento contempla que las alianzas entre partidos políticos o agrupaciones ciudadanas de ámbito nacional, o que realicen alianzas con agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, municipal o regional u organizaciones de las naciones de pueblos indígena originario campesinos, deben ser registradas ante el Tribunal Supremo Electoral.

Las alianzas entre agrupaciones ciudadanas de alcance departamental, municipal o regional deberán registrarse ante los Tribunales Departamentales. Las alianzas entre agrupaciones ciudadanas y organizaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos (IOC) con personalidad jurídica y registro vigentes se efectuarán también en los tribunales departamentales.

El reglamento determina que cada alianza debe acreditar a dos delegados, uno titular y otro alterno, para realizar todas las actuaciones necesarias ante los Tribunales Electorales Departamentales (TED).

Las alianzas deberán presentar documentos que acompañan la solicitud de registro que debe estar firmada por los representantes legales de las organizaciones políticas, entre ellos, las actas notariadas que reflejen la decisión y autorización orgánica de la organización política para conformar la alianza política.

El acta de la reunión constitutiva de la alianza debe especificar el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará, como también el nombre, sigla, símbolo y colores que utilizará la alianza, que no deberán ser similares o coincidentes a los partidos políticos o agrupaciones ciudadanas registrados ante el Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales.

A tiempo de hacer el registro, deberán entregar el Programa de gobierno o plataforma de acción política que regirá la gestión de sus candidatos de ser elegidos como autoridades por el voto ciudadano.

De acuerdo con el Calendario Electoral vigente, las alianzas podrán realizar su registro hasta el sábado 5 de diciembre de 2020.

 
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