El llamado bono contra el hambre tiene una larga y controvertida historia. Este proyecto de bono fue fijado en el monto de 500 bolivianos por el gobierno transitorio para cada beneficiario, habiendo sido sometido a consideración de la Asamblea Legislativa Pluirinacional (ALP), según la normativa vigente. Los dos tercios determinantes de la Asamblea pasada lo duplicaron a 1.000 bolivianos, con el denominativo de bono del hambre. Éste convertido en ley fue remitido al Ejecutivo para su promulgación. El mismo Órgano lo remitió en consulta de constitucionalidad al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), el cual lo mantuvo pendiente. Otro de los argumentos del gobierno de la señora Jeanine Áñez es que carecía de los recursos necesarios.
Mantenido como bono contra el hambre fue promulgado por la nueva gestión de gobierno y al presente se encuentra en proceso de pago desde los jóvenes de 18 años --varones y señoritas-- hasta la edad de 59, aplicable a todos los que no hubieran recibido otras bonificaciones en la actual pandemia de Covid 19. El capital destinado a su ejecución proviene de un préstamo de los organismos financieros internacionales.
Todo beneficio para la población es plausible, pero el nombre de bono contra el hambre ante las miradas externas sugiere una hambruna desesperada que Bolivia estuviese sufriendo, denominación que acentúa la condición de uno de los países más pobres de nuestro continente, como se nos ve. Si bien en muchos aspectos puede ser así, no es lo mejor ratificarlo en forma tan radical. Pese a la gravedad de la pandemia y la falta de actividad por varios meses, lo verídico es que, en nuestro territorio, felizmente, no se atraviesa por un estado de pobreza semejante y por fortuna nadie muere de hambre. Hay una enorme población muy restringida económicamente, pero no llega a sufrir por hambruna generalizada.
La duplicación del monto a 1.000 bolivianos por la ALP se inscribe en el contrapunteo que asumieron los órganos Legislativo y Ejecutivo por casi un año. Como en este caso, pugnaron por mostrarse más generoso uno que el otro, con la correspondiente postura política por ambos.
Un divorcio semejante entre los poderes del Estado no es racional y resulta complicado. Otro ejemplo de esta contraposición es la ley que autoriza el uso preventivo y tratamiento de Covid 19 con dióxido de cloro, sustancia que fue descartada por el Ministerio de Salud del anterior gobierno, por no haber sido avalado --dijo-- por la OMS y la OPS para dichos fines.
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