Publicidad

    


La “ley antibitcóin”

Luis Christian Rivas Salazar

Vamos a llamar “ley antibitcóin” a la R.D. Nº 144/2020 del Banco Central de Bolivia que prohíbe del uso de criptoactivos en el sistema nacional de pagos nacional y abroga la resolución de directorio 044/2014, cuyo asunto prohibía del uso de monedas y denominaciones monetarias no reguladas en el ámbito del sistema de pagos nacional.

Estas resoluciones ubican a Bolivia entre los cinco únicos países, junto con Bangladés, Nepal, Kirguistán y Ecuador, en el mundo que prohíben de forma expresa el uso de criptomonedas. Además, la anterior resolución confundía las estafas piramidales con la tecnología blockchain sobre la cual están cimentadas las criptomonedas. Sabemos que el bitcóin no requiere de intermediario alguno, basta descargar una billetera electrónica en el celular para almacenarlo.

Como representantes de la Comunidad Bitcóin Bolivia hemos enviado una carta al Banco Central de Bolivia de fecha 25 de agosto de 2020, que fue respondida con la nueva resolución, en la misiva advertíamos los peligros, desventajas, problemas y violación de derechos al prohibir esa tecnología, en vez de escucharnos, nos han dado la espalda con una resolución más rígida.

Nosotros invocábamos la característica de criptoactivo del bitcóin como cosa fungible. Según el Art. 78 del Código Civil: “son fungibles, las cosas del mismo género que ordinariamente se determinan por peso, número o medida y pueden sustituirse unas por otras (…) las cosas fungibles tienen entre sí el mismo valor liberatorio en el pago”. Además, es aplicable lo dispuesto por el Art. 47 de la Constitución, que proclama: “Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo”, porque comprar y vender bitcoines, ahorrarlos y administrarlos, no perjudica el bien colectivo, más bien profundiza la libertad de elegir, es parte de la libertad económica de cada individuo. Asimismo, la libertad contractual entre personas como lo establecen los artículos 450 y 454 del Código Civil.

Asimismo, el Art. 103 de la Constitución garantiza el desarrollo de la técnica y tecnología, asume como política de implementación las nuevas tecnologías y el mismo Estado impulsa la ciudadanía digital de la mano de la Agetic. Está claro –como incluso el Art. 7 de la Ley de ciudadanía digital, 1080 indica– que los pagos de trámites y servicios podrán realizarse a través de medios digitales. Como vemos, hay un tránsito a la digitalización de las formas de pago, no sólo en las oficinas públicas sino también en las empresas startup.

Con la nueva “ley antibitcóin” se prohíbe a las entidades financieras el uso de criptoactivos para comercialización y negociación por no tener emisión legal y se prohíbe toda operación de compra-venta de criptoactivos. No entendemos esta forma irracional de proceder cuando el banco español Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) permite la compra venta y custodia de criptomonedas a sus clientes, y la compañía financiera de origen estadounidense JP Morgan está sobrecomprando bitcoines. Así, lo más grandes inversores del mundo han procedido a obtener criptodivisas como refugio de valor de su patrimonio frente a la devaluación del dólar.

No queremos pensar que este Gobierno estatista nuevamente intente criminalizar el bitcóin como lo quiso hacer con el Código del Sistema Penal de 2017 –felizmente abrogado gracias a los médicos– donde introdujeron la figura delictiva de “tráfico ilegal de moneda” y sancionaba con prisión a quien tenga monedas no emitidas legalmente. Realmente Bolivia va en dirección opuesta al tren del avance tecnológico, peor incluso, que países socialistas como Venezuela, donde se utiliza la criptomoneda Dash para sobrevivir.

¿Con qué propósito prohibir y criminalizar las criptomonedas?, ¿tal vez monopolizar el mercado con una futura moneda digital estable (stablecoin) como en el modelo chino de control y vigilancia (Yuan digital)? o ¿quieren confiscar criptoactivos bajo amenaza de proceso penal para así obtener ingresos para el botín?, todo se puede esperar de una mente anticapitalista empobrecedora de las masas, aun así, seguiremos usando, ¡porque bitcóin es libertad!

 
Revistas

Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

EL DIARIO
Decano de la Prensa Nacional
Miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa y la Asociación Nacional de Prensa.

Dirección:

Antonio Carrasco Guzmán
Presidente del Consejo de Administración

Jorge Carrasco Guzmán
Gerente General

Rodrigo Ticona Espinoza
Jefe de Redacción

"La prensa hace luz en las tinieblas
y todo cuanto existe de progreso en el mundo
se debe a su inagotable labor"...

JOSÉ CARRASCO


Publicidad
Portada de HOY

JPG (804 Kb)      |      



Caricatura


Sociales

Encuentro por fin de año de Huawei

MARIANA TORRICOS, PR MANAGER; HUMBERTO OROZA, MKT MANAGER, Y BIANCA UGALDE, DIGITAL MANAGER DE HUAWEI, RESPECTIVAMENTE.


Publicidad