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Interinatos ilegales, hasta cuándo

Antonio Cabrera

Parte II

Además, se puede notar también, el nulo interés por exponer en la Aduana las irregularidades, supuesta corrupción y responsabilidades de gestiones ineficientes que, por permitir el incremento desmedido y criminal del contrabando, se convierten en corresponsables, delictivas, pero, sobre todo, impunes. Es así que, entre los operadores de comercio exterior, se comenta sobre presuntas extorsiones a éstos que, por el temor a represalias, no salen a la luz pública.

Veamos algunos ejemplos, la última presidenta de la Aduana duró en sus funciones aproximadamente 10 años como interina, vulnerando el Art. 21° de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal (DS 26.115) que le otorga un plazo máximo e improrrogable de interinato de 90 días a un servidor público, pasado el cual, y sin que haya sido designado titular, sus actos pasan a ser nulos. Todo lo contrario sucedió durante el nefasto gobierno de transición, quienes en menos de 10 meses de gobierno posesionaron a cuatro presidentes interinos y personal aduanero con graves rasgos de nepotismo y corrupción, y por último, la recientemente nombrada presidente de la Aduana, de quien, por su juventud, solo se sabe que ocupó cargos de jefatura de unidad en el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, nada vinculados al comercio exterior ni a la Aduana.

Este bagaje de nombramientos “a dedo” nos permite concluir que, en el lapso de un año, la Aduana Nacional tuvo seis presidentes interinos, lo que demuestra que esta institución continúa siendo un “botín político”, sin que las autoridades llamadas por ley tengan interés en recuperar su institucionalidad, convirtiéndose en cómplices del daño económico que ocasiona al Estado. Por tal razón, el desconocimiento e inexperiencia de sus autoridades ejecutivas ha inducido a que la Aduana se convierta en un centro de proliferación de normas y resoluciones internas que pretenden cubrir y subsanar sus falencias sin éxito, lo que lleva a preguntarse ¿primará la impunidad?, ¿qué sucede con la unidad de Auditoría y la Gerencia de Fiscalización?, ¿existe algún tipo de control?, ¿por qué tanta queja sobre corrupción, bajas recaudaciones y contrabando descontrolado?

También llama la atención que las autoridades ejecutivas de la Aduana no cuenten con un currículum acorde con el cargo y el grado de responsabilidad, ya que al conocer su experiencia laboral, nos encontramos que las mismas van desde la elaboración de auditorías, administración de centros de esparcimiento, manejo de hoteles y turismo, hasta manejo de personal y de contrataciones, lo que no condice con la experiencia que se debe tener en el manejo del Comercio Exterior y propiamente sobre temas aduaneros. Por tanto, coincido con otros analistas cuando afirman que la Asamblea Legislativa se ha convertido en corresponsable de estos actos, al permitir que se genere omisión y negligencia por incumplimiento del Art. 159 numeral 12 de la Constitución Política del Estado, que la faculta a proponer ternas a la presidencia del Estado para la designación de presidentes o presidentas de entidades económicas y sociales y otros cargos (públicos), lo que pondría fin a este gravísimo incumplimiento a disposiciones legales, que más allá de la negligencia en la gestión y el daño económico al Estado que esto viene ocasionando, convierte los actos de estos funcionarios en nulos y con posibles consecuencias, además de la posibilidad de generar indicios de responsabilidad al permitir que el Órgano Ejecutivo siga designando autoridades interinas.

La responsabilidad por omisión y negligencia de los servidores públicos está normada en la Ley N° 1.178 de Administración y Control Gubernamentales, por lo tanto, las autoridades llamadas por ley deberán dar cumplimiento a la Constitución Política del Estado y las normas legales vigentes en el país, pudiendo ser corresponsables por el nombramiento arbitrario e irresponsable de interinatos, así como por los malos resultados obtenidos por éstos en el ejercicio de sus funciones.

Es importante hacer notar que en las elecciones generales 2020, los candidatos a la Presidencia dentro de sus planes de gobierno manifestaron la voluntad de institucionalizar estas entidades públicas consideradas como el sostén del Estado, me refiero a la Aduana, Impuestos Nacionales, YPFB, Entel, Banco Central, ENDE, así como el Defensor de Pueblo, el Contralor General del Estado, y todas las entidades públicas a que hace referencia la Constitución, por lo que dichos partidos con representación en la Asamblea Legislativa, tienen la obligación de cumplir la ley.

En este sentido, el Ministerio de Justicia se encuentra impulsando la Institucionalización e independencia del Órgano Judicial a través de “criterios de meritocracia”, así como la Fiscalía General del Estado, que también anunció un proceso de Institucionalización en el Ministerio Público, de igual forma, los senadores y diputados del MAS, de Comunidad Ciudadana y de Creemos, deberían cumplir el mandato Constitucional, llevando a la brevedad el proceso de institucionalización de todas las entidades públicas, no permitiendo que los interinatos sobrepasen los 90 días. En tal sentido, esperemos que, al estar ejerciendo el poder, no les venga la típica amnesia crónica, y no caigan en falsas promesas y dilaciones que vulneran nuestra Carta Magna.

Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

EL DIARIO
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