El filósofo Thomas Hobbes –célebre por su obra “Leviatán”– concebía que el hombre es un lobo para el hombre (Homo homini lupus est). Este presupuesto lo llevó a capitalizar –al menos en sus ideas– un gobierno de tinte absolutista, donde se menosprecia la libertad y, consecuentemente, la dignidad humana.
¿Cómo Hobbes llegó a tales conclusiones? El hombre no es ajeno a las circunstancias que le toca vivir. El pensador inglés vivió el descalabro social e histórico de las guerras de religiones y la guerra civil inglesa. Es sólo así que se puede comprender que el mantenimiento de la paz y la seguridad sean las únicas finalidades reales del gobernante, según Hobbes. Con el paso de los años, quedó en evidencia que la voluntad del gobernante no siempre es atinada ni congruente, tanto en la Alemania nazi, como en el Estado soviético. De ahí que las Constituciones modernas establezcan la necesidad de una separación de poderes, el régimen de control de constitucionalidad en manos del Tribunal Constitucional, y la importancia de la democracia y la soberanía del pueblo, entre otras cuestiones no menores, a las que se suma el compromiso de los Estados por la materialización de los derechos humanos.
Entre 1994 y 1999, la extinta República de Bolivia vivió el esplendor de la creación de instituciones novedosas que amplificaban los derechos fundamentales, las garantías constitucionales y, en definitiva, el Estado Democrático de Derecho, entendido como el Estado de derecho en que el poder, además de quedar sometido a la ley, se legitima con la aplicación de los principios de democracia y pluralismo. Sin embargo, entre 2006 y el presente, se desdibuja de manera muchas veces maquillada el camino hacia la consolidación de este Estado Democrático de Derecho: la Constitución de 2009 prefigura un catálogo de enunciados que no tienen eficacia, ni son claramente expuestos, en detrimento de la necesaria seguridad jurídica y no arbitrariedad de los órganos de gobierno. Asimismo, la Ley 004, llamada Marcelo Quiroga Santa Cruz, destruye los paradigmas, principios y bases del Nuevo Código de Procedimiento Penal, promulgado en 1999.
Recordemos, muy someramente, que entre 1994 y 1999 fueron implementados en Bolivia el Ombudsman, el Tribunal Constitucional, y el sistema procesal penal acusatorio antes aludido. Pero más allá de estas cuestiones, cobra sentido el hecho que, de un tiempo a esta parte, al igual que en los tiempos de la Revolución Rusa –que denostó y quebró la única democracia avanzada de ese país– se acostumbra un régimen político en el que mandan los de arriba, y no existe poder alguno, ni representación política siquiera, que le haga un contrapeso y tienda a la consecución de una democracia avanzada y posmoderna. Hemos caído, en estas últimas dos décadas, al influjo del Leviatán hobbesiano y la democracia es entendida como la arrogación de poderes absolutos. La involución histórica es ya patente.
El autor es abogado y escritor.
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