Buscando la verdad
Muchas son las razones por las que se da el contrabando de mercaderías, no solo en Bolivia, hay que aclarar, sino en todo el mundo, aunque en ciertos países este fenómeno se produce con mayor intensidad que en otros. El contrabando, “en facilito”, tiene que ver con burlar la ley para introducir o sacar mercancías del territorio nacional evadiendo los debidos controles y el pago de tributos aduaneros -en buenas cuentas- se trata de un delito, un irrespeto a la ley.
Este problema es atávico porque tiene que ver con la mismísima naturaleza del ser humano -el interés económico por encima de todo- ya sea trayendo celulares, laptops, gafas, perfumes, ropa, maquillaje, etc., en cantidades comerciales, camuflándolo como equipaje acompañado al volver del extranjero por avión, o sacando del país oro, piedras preciosas u otros bienes de alto valor, sin declararlos. Esto, en lo que hace al contrabando de menor cuantía…
Sin embargo, también hay quienes mueven toneladas de contrabando en total afrenta a la ley, a las instituciones y a las autoridades, colocándolo luego en los mercados abiertos, como pasa con la ropa usada, los alimentos, los productos de “línea negra”, “línea blanca”, etc., estos son los grandes delincuentes.
Muchos han tratado de combatir el contrabando en el país, ahora mismo vemos a la Aduana Nacional haciendo comisos cada día, pero lo curioso es que nadie se inmuta, es como si la gente estuviera adormecida frente al delito y es probable que sea así porque se acostumbró a vivir y hasta a usufructuar de tal situación.
Para entender el problema: si una persona soborna a otra ¿no es un corrupto tanto quien acepta el cohecho como quien lo gesta? Si alguien compra de otra persona droga ¿no transgreden ambos? Por tanto… si un contrabandista vende un producto y otro lo compra ¿no hay complicidad en ello?
No se trata de un problema de hoy, a la luz de la historia, parece ser de siempre. Más de una vez referí que una de las primeras medidas del Libertador Simón Bolívar tuvo que ver precisamente con el tema, lea este decreto del 23 de diciembre de 1825:
“CONSIDERANDO:
1) Que ni la rebaja de derechos, ni las penas coercitivas que se hallan vigentes, son bastantes para impedir el comercio clandestino.
2) Que la defraudación de derechos no tendría lugar, si los empleados de hacienda pública se contrajesen al desempeño de sus obligaciones con todo el celo y probidad que el deber y el honor les impone.
DECRETO:
1) A todo delator de efectos importados o exportados clandestinamente, se le adjudicará íntegramente el contrabando, sea cual fuese, con tal que su valor exceda de diez pesos.
2) El dueño del contrabando deberá pagar al Estado la totalidad de derechos que le correspondan, conforme al decreto de esta fecha sobre la materia; y además será expulsado para siempre del país, sea aquél nacional o extranjero.
3) Todo el que aprehendiere efectos no delatados por otro, y que hayan sido introducidos o extraídos clandestinamente, tiene igual derecho que el delator en el caso del Artículo 1.
4) Todo empleado en aduana, resguardo, capitanía de puerto, o cualquier otro destino de hacienda pública, que tomare parte en los fraudes que se cometan contra ella, (como excedan del valor de diez pesos) ya sea interviniendo directamente en el fraude, o protegiendo el giro clandestino de los efectos de comercio, sufrirá irremisiblemente la pena capital.
5) Todo individuo está autorizado para velar sobre la conservación y aumento de la hacienda pública en general; y por lo mismo cualquiera puede reconocer personalmente, si los efectos que se introducen son o no exencionados del derecho de internación y hacer las delaciones competentes.
6) El Secretario General interino queda encargado del cumplimiento de este decreto.
Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el Palacio de Gobierno en Chuquisaca, a 23 de diciembre de 1825.- SIMÓN BOLÍVAR. - Por orden de S. E. - Felipe Santiago Estenós”.
Han pasado casi doscientos años desde entonces y el problema continúa. La gran pregunta latente, que siempre hizo el IBCE luego de realizar varios estudios sobre contrabando en el país, es que: Si al empoderamiento de la Aduana y la creación de una fuerza anticontrabando en el país; si a la facilitación del despacho aduanero y la disminución de tributos para disminuir el margen del contrabandista…¿no está faltando hacer entender a la gente que el contrabando es un delito, que resta impuestos al Estado, que quita mercado a la producción nacional y empleos a los bolivianos, que atenta contra la salud con medicamentos y alimentos en mal estado, de ahí que, comprar barato sale caro?
El autor es Economista y Magíster en Comercio Internacional.
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