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Detenciones por presunto golpe de Estado

Gobierno asegura que se cumplió debido proceso y jurista habla de vulneraciones

> El artículo 15 de la Constitución Política del Estado señala: “II.- Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”


LOS HIJOS DE LA EXPRESIDENTA Y ACTIVISTAS, EN LA PUERTA DEL CENTRO DE ORIENTACIÓN FEMENINA DE OBRAJES, PIDIENDO A DIOS POR LA SALUD DE JEANINE AÑEZ.

A través de una nota de prensa, el Ministerio de Justicia aclaró que en el caso denominado “golpe de Estado” se cumplió el debido proceso; sin embargo, este extremo fue rechazado por el abogado Eusebio Vera, quien argumentó al menos tres derechos vulnerados.

Vera aclaró que un debido proceso no supone allanar domicilios en horas extraordinarias, en sábados, domingos y en horario nocturno. La expresidenta Jeanine Añez fue aprehendida cerca de la 1.00 de la madrugada del sábado 13 de marzo de 2021. La Policía encontró a la exdignataria de Estado en la casa de un familiar acompañada de su hija y otros familiares que fueron aprehendidos.

Madre e hija fueron trasladadas hasta el Comando de la Policía en Trinidad. 20 minutos después la expresidenta fue llevada hasta el aeropuerto de Trinidad y trasladada hasta la ciudad de La Paz, acompañada por el Ministro de Gobierno y el Comandante de la Policía.

“En los años de experiencia que tengo, este tipo de actuados procede solo cuando existe flagrancia, lo que no acontece en el caso que se investiga”, explicó el jurista en contacto con EL DIARIO.

Aclaró que para que se habiliten horas extraordinarias de allanamientos, tenía que haber una previa representación de que exista la necesidad de que se habiliten esos horarios, lo que no pasó en el caso denominado golpe de Estado.

Recordó que de acuerdo con los artículos 22 y 23 de la Constitución Política del Estado (CPE), un domicilio es un lugar inviolable y nadie puede ingresar sin previa autorización.

“Se vulneró el debido proceso, porque tampoco se adecúa la persecución, amenazas a los familiares de las personas investigadas como pasó en este caso”, dijo.

La noche del viernes 13 de marzo, los sobrinos de la expresidenta fueron aprehendidos y cautelados, imputados por impedir y estorbar en el cumplimiento de sus funciones. Uno de ellos denunció que fue torturado y obligado a decir dónde se encontraba su tía. La justicia les otorgó medidas sustitutivas como la firma mensual de asistencia, arraigo y no tomar contacto con Jeanine Añez.

En criterio del jurista, estos extremos no configuran con el debido proceso ya que hubo presión psicológica contra los familiares de Añez.

“En las últimas horas, a través de una carta pública del exministro Yerko Núñez, nos hemos enterado de que se estaría procediendo de la misma manera con su señora madre, que entiendo es de avanzada edad y que están hostigando y amenazando de manera permanente. Esas acciones tampoco corresponden al debido proceso”, apuntó el abogado Vera.

Lo nota de prensa de Justicia señala: “Esa comisión (CIDH) también señala que la Fiscalía General hizo público que las resoluciones de aprehensión fueron emitidas en atención a la ley y sin que se hayan vulnerado los derechos de las personas detenidas”.

El jurista manifestó que lo que existe es una persecución por un delito que no se comprobó y que de ser así, todas las acciones a partir de 2019, hasta antes de la posesión de Luis Arce, serían nulas de pleno derecho y todos los miembros de la Asamblea Legislativa, incluida la exdiputada del Movimiento al Socialismo (MAS), Lidia Patty, que es la denunciante, tendrían que devolver todos los salarios percibidos “en una etapa ilegal”.

“NO HAY ESTÁNDARES

EN SALUD”

“Los aprehendidos por el Ministerio Público en el caso golpe de Estado permanecen privados de libertad en condiciones de pleno apego a los estándares del debido proceso que establecen la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y tratados internacionales de Derechos Humanos. El cumplimiento de estos requisitos ha sido recocido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en un comunicado”, se lee en parte de la nota de prensa del Ministerio de Justicia.

El jurista dijo que no hay estándares de administración de justicia, en el que pueda la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señalar que una acción en atenciones médicas esté bien o mal.

“Las atenciones en carácter de salud tienen un tratamiento muy diferenciado, es delicado porque cada organismo del ser humano es diferente”, aclaró.

Vera recordó que el artículo 90 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión establece la asistencia médica, señalando que en cada establecimiento penitenciario funcionará un servicio de asistencia médica, encargado de otorgar a los internos atención básica y de urgencia, en medicina general y odontología.

“La atención médica en los recintos penitenciarios son básicos y tienen una atención extremadamente de urgencia, lo que quiere decir que solamente es un mero paliativo a la dolencia o al mal que aqueje un interno. El tema de Añez es una enfermedad silenciosa que se manifiesta en cualquier momento y más en ciudades de altura”, apuntó.

Apuntó que el artículo 14 de la Constitución Política del Estado (CPE), señala: “Todo ser humano tiene personalidad y capacidad jurídica con arreglo a las leyes y goza de los derechos reconocidos por esta Constitución, sin distinción alguna”.

“III. El Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos”

En ese marco, el jurista explicó que en el caso de la expresidenta se estaría cometiendo una especie de discriminación por parte de Régimen Penitenciario al negar la atención médica adecuada, idónea y especializada, consecuentemente estaría atentando contra los derechos a la salud, que pueden afectar su vida.

El artículo 15 de la CPE dice: “II.- Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”.

En ese marco, Vera dijo que en este momento la expresidenta sufre de violencia psicológica, al no permitirle una atención médica profesional y especializada.

“Ella está sufriendo, al igual que su hija y sus familiares que se encuentran en puertas del centro penitenciario, tratando de saber cómo está su familiar”, dijo.

La nota del Ministerio de Justicia refiere: “Al respecto, la información aportada por el Estado da cuenta de que las personas detenidas recibieron asistencia oportuna del Servicio Nacional de la Defensa Pública, y según lo documentado, han renunciado al auxilio jurídico estatal por contar con la representación técnica de confianza, conservando su derecho de ser auxiliados por personal de Defensa Público, señala el documento de la CIDH”.

PREVENCIÓN

De acuerdo con información de la Dirección de Régimen Penitenciario, los aprehendidos en este caso han sido recibidos en los recintos con estrictas medidas de prevención como parte del Plan de Contención Frente al Coronavirus.

Según este protocolo, la expresidenta y sus dos exministros, Álvaro Coímbra y Rodrigo Guzmán, cumplen con un procedimiento que consta en una revisión médica permanente durante 14 días como mínimo.

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