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Bolivia y la soberanía territorial sobre las islas del Pacífico

Juan Chávez Alanoca

Parte III

Bolivia no concedió soberanía territorial sobre las Islas e Islotes Costeros del océano Pacífico

Existen las siguientes Islas e Islotes Costeros del océano Pacífico del paralelo 23° y 24°, no concedidos a Chile por ningún título: “isla del Nido, en la línea del Trópico de Capricornio; isla Guamán; isla Blanca frente a Cinfuncho; isla Santa María, frente al cerro Moreno; Alcatraces; Tortolas; Lagartos, frente al morro Jorgino; San Felipe; San Ambrosio; San Félix; Sala y Gómez; isla Cobre; Paquita, entre otras”.

Entonces, desde el primer Tratado de Límites entre Bolivia y Chile de 10 de agosto de 1866, y luego el tratado de 6 de agosto de 1874, Tratado de Tregua entre Bolivia y Chile de 4 de abril de 1884, Tratado de Transferencia de Territorios de 18 de mayo de 1895, luego derogado en su totalidad por el nefasto Tratado de Paz y Amistad de 20 de octubre de 1904, no se definió sobre la soberanía territorial de estas Islas e Islotes Costeros en el océano Pacífico del paralelo 23° y 24°, por lo tanto continúan perteneciendo a nuestro país, y reivindicar la soberanía territorial es un derecho legítimo ante la posesión ilegal de Chile.

Reafirmar los legítimos derechos de soberanía territorial de las Islas e Islotes Costeros del océano Pacífico

El Alto Perú como República de Bolivia nació a la vida independiente con amplios territorios y una costa hacia el océano Pacífico (el Litoral boliviano) con sus Islas e Islotes costeros. Razón por el cual Bolivia debe reafirmar el legítimo derecho de soberanía territorial sobre las Islas e Islotes Costeros del Pacífico, que al presente constituyen parte integrante de nuestro territorio boliviano.

La firme voluntad de ejercer su soberanía efectiva sobre estos espacios marítimos del Pacífico se vio interrumpido hace 142 años, con la invasión chilena.

La recuperación de dichos territorios (islas e islotes), y el ejercicio efectivo de soberanía, constituye un objetivo permanente y un derecho irrenunciable e imprescriptible del Estado Boliviano, para consagrar el acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo, tal como se encuentra plasmado en los Arts. 267 y 268 de la Constitución Política del Estado.

En consecuencia, subyace el legítimo derecho de soberanía territorial sobre las Islas e Islotes Costeros en el océano Pacífico, hoy en posesión ilegal de Chile. En este sentido, es necesario crear un sistema nuevo de política exterior boliviana, mediante un continuo flujo de información y decisiones sobre el problema marítimo existente con Chile y las nuevas bases para una estrategia de Reintegración Marítima, elaborada por especialistas, que sea expresión de un consenso del pueblo boliviano para la viabilidad en un contexto internacional favorable.

Para el efecto, como posibles vías de solución se deberá plantear la demanda en congresos y conferencias internacionales, realizar distintos foros regionales en un contexto de cooperación internacional relativamente favorable, profundizar investigación internacional, buscar apoyos unilaterales de países amigos, acudir a procedimientos pacíficos de arbitraje y mediación internacional, obtener asentimiento del Perú en el marco de cooperación, recurrir a la vía diplomática para alcanzar un arreglo pacífico, iniciando desde un acuerdo parcial y hasta el logro definitivo mediante un Tratado Internacional de amistad, justicia, seguridad y desarrollo económico - social entre Chile y Bolivia.

En definitiva, en caso de no ser posible una negociación que permita encontrar una solución en un clima de confianza, se deberá acudir a la vía judicial ante la Corte Internacional de Justicia Internacional, conforme a la Carta de Naciones Unidas, Capítulo referente al arreglo pacífico de controversias, primera parte del artículo 33, que dispone:

“Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle una solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección…”.

BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

- Bonifaz Miguel: “Derecho Indiano”, Derecho Castellano – Derecho Precolombino, Derecho Colonial, Segunda edición, corregida y aumentada, Sucre – Bolivia 1961.

- Paz Luis: “Historia General del Alto Perú hoy Bolivia”, Tomo I, Sucre 1919, Imprenta Bolívar.

- Trigo Ciro Félix: “Derecho Constitucional Boliviano”, “Editorial Cruz del Sur”, La Paz – Bolivia. Imprenta López – Perú 666, Buenos Aires.

- Escobari Cusicanqui Jorge: “El Derecho al Mar”, Las 10 evasivas chilenas (1895 – 1987), el fracaso del “Enfoque Fresco”, Tercera Edición ampliada y actualizada, Librería Editorial “Juventud” La Paz – Bolivia 1988.

- Salazar Paredes Fernando: “Hacia una Nueva Política Exterior Boliviana”, Ediciones CERID/Plural editores, La Paz – Bolivia 2000.

- Salazar Paredes Fernando: “Bolivia y Chile: desatando nudos”, Ediciones CERID/Plural editores, La Paz – Bolivia 2006.

El autor es Abogado.

Usurpado el 7 de octubre de 1970, por defender
la libertad y la justicia.
Reinició sus ediciones el primero de septiembre de 1971.

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