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Según abogados

En casos de accidente aéreo no procede detención de pilotos

> En la historia aeronáutica nunca se arrestó a militares tras un accidente de aviación


JORGE SANTISTEVAN, ABOGADO.
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La detención de dos pilotos militares que el miércoles 24 salvaron su vida antes que su aeronave cayera entre viviendas provocando la muerte de una joven, en la ciudad de Sacaba (Cochabamba), es improcedente porque la jurisdicción de las indagaciones corresponde a un Tribunal castrense y a la Junta Investigadora de Accidentes Aéreos (JIAA), y solo tras establecerse responsabilidades puede derivarse a la vía ordinaria, según coincidieron en afirmar a EL DIARIO los abogados Jorge Santistevan y Eusebio Vera.

Varias fuentes consultadas afirmaron que en la historia de la aeronáutica boliviana nunca se arrestó a pilotos tras un accidente de aviación.

El coronel en servicio pasivo del Ejército y abogado, Jorge Santistevan, precisó que la investigación debe estar a cargo solo de la Junta así como de un tribunal militar y la Policía no debe realizar una pesquisa paralela porque ello supone un atropello a las autoridades del Ministerio de Defensa y militares.

“Es ilegal llevar a efecto dos procesos por un mismo caso. Esto solo pasa en nuestro país, donde todas las autoridades del Órgano Judicial, junto a policías parecerían enemigos de las Fuerzas Armadas (FFAA), arremetiendo sin pausa, vulnerando Derechos Humanos fundamentales.Lo aberrante es que arrestan a los pilotos seguramente aduciendo peligro de fuga, convirtiendo a la detención o arresto una regla general para los militares, y no así una excepción”, lamentó.

El abogado Eusebio Vera explicó que debe haber una investigación interna previa para establecer si el accidente se debió a un problema técnico y/o falla humana.

“Ningún ciudadano puede ser procesado por dos vías. Lo primero que se debió hacer es esperar el resultado del sumario administrativo, y si hubiera indicio de responsabilidad, iniciarlo en la vía penal. Lamentablemente como estamos en Bolivia, se hace todo al revés, primero empiezan por el aspecto penal y el denunciado debe asumir defensa”, explicó.

FALTA DE EXPERIENCIA

Vera aclaró que las investigaciones deben estar a cargo de un perito aeronáutico, profesional con el que el Ministerio Público no cuenta.

En coincidencia, Santistevan, manifestó que la Policía ni los fiscales tienen la capacidad para realizar investigaciones en este tipo de accidentes, y que por ello se conformó la Junta Investigadora de Accidentes Aéreos, quienes tienen un plazo de diez días para emitir un informe técnico.

“En función al informe de la Junta, el Ministerio de Defensa deberá emitir un comunicado público. Asimismo, se debe esperar los resultados del sumario informativo que se instauró ayer, conforme al procedimiento”, aseveró.

FALTA DE

COORDINACIÓN

Santistevan lamentó la falta de coordinación institucional entre los ministerios de Gobierno y de Defensa, además con los despachos de Justicia y la Fiscalía General. Este hecho “podría generar conflictos innecesarios y lamentables”, advirtió.

Por las actuaciones de la policía y la Fiscalía registradas desde la mañana del miércoles 24, queda la impresión de que “el Ministerio de Gobierno está por encima del Ministerio de Defensa, lo que no debiera ocurrir porque cada institución tiene una misión, tareas y objetivos en favor del Estado”.

“El presidente del Tribunal Supremo de Justicia Militar debe asesorar con su equipo, al Comando en Jefe, a menos que no tenga conocimiento de la situación interna (…). No se deben dar arrestos y/o aprehensiones a militares que están en servicio activo, y en actos del servicio; en algún momento se podrían suscitar reacciones lamentables”, advirtió.

FALTA DE LIDERAZGO

El jurista develó una ausencia de liderazgo en todas las instancias de la estructura organizativa del Estado.

“No basta mandar en función de máxima autoridad, sino ejercer funciones con el ejemplo, practicando principios de abnegación, dignidad, personalidad, lealtad y honor orientados al deber común, evitando impulsos ajenos al bien público”, dijo.

Aseguró que se debe tomar en cuenta que las familias bolivianas ponen a sus hijos en manos de las FFAA para aprender, conocer y a practicar un alto deber cívico que constituye el deber militar para con la patria y no en beneficio propio o de grupos de ninguna naturaleza.

“Si ellos cometen errores o faltas no deben ser abandonados como vulgares delincuentes, se debe aplicar los reglamentos y leyes militares como manda la Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 245”, dijo.

Vera manifestó que los militares se deben a sus leyes, por lo que no correspondía el arresto de los pilotos, como se vio en los videos subidos a las redes sociales.

“No hubo una orden escrita de arresto, y esa es la primera irregularidad. En el momento creo que ni siquiera había un fiscal, por eso ha sido un accionar unilateral de la Policía que se traduce en un exceso de autoridad, porque ellos no tienen la facultad de aprehender, a no ser que sea un delito en flagrancia”, aseveró.

ACCIONES

Santistevan destacó el hecho de que el Comandante de la Segunda Brigada Aérea, coronel Guillermo Burgos, haya interpuesto sus buenas acciones al apersonarse al lugar del accidente y garantizar el resarcimiento de daños a las familias afectadas.

“También solucionó rápidamente el atropello al que fueron sometidos los dos pilotos que fueron arrestados de oficio por efectivos policiales, por mandato de la Fiscalía, en abierta provocación arbitraria e ilegal contra las FFAA y sus miembros. Curiosamente los mismos fiscales que siguen el caso del general Alfredo Cuellar, imputado por el caso Sacaba, son los que ahora ordenan el arresto y custodia de los militares”, apuntó.

El 15 de noviembre de 2019, varios centenares de productores de hoja de coca se enfrentaron con fuerzas del orden en la población de Sacaba, distante a 18 kilómetros de la ciudad de Cochabamba, en rechazado a la posesión de la entonces presidenta Jeanine Añez (2019-2020). Los cocaleros se dirigían a la ciudad del valle y fueron interceptados por policías antimotines.

OPERATIVIDAD Y

MANTENIMIENTO

Santistevan aclaró que los dos pilotos que realizaban el vuelo de entrenamiento de combate, detectaron una falla mecánica imposible de superar o de controlar, lo que los obligó a eyectarse para salvar sus vidas, desafortunadamente, con una víctima en tierra.

“Es importante resaltar que ese entrenamiento de combate es parte de la preparación de las FFAA para la defensa y seguridad del Estado como manda la CPE, no era un vuelo de placer, ni de acrobacias públicas, son actividades que forman parte de un programa de entrenamiento”, apuntó.

En ese marco, dijo que el Ministerio de Defensa debe aclarar si realiza los desembolsos para el mantenimiento de las aeronaves de manera oportuna y determinar cuántas aeronaves están en condiciones de operar, y cuántas están sin uso por falta de mantenimiento.

DATOS

Tras una negociación de un año, en 2010 fueron adquiridos seis aviones caza K8 de fabricación china para la Fuerza Aérea Boliviana (FAB), por un costo de 57.8 millones de dólares, sin licitación. El equipo de vuelo que incluyó material de repuestos y capacitación de los pilotos, fue entregado por el presidente Evo Morales.

“Habría que comprobarse si con ese monto compraron y recibieron los dos motores de repuesto, el simulador de vuelo, el sistema de vehículo de prueba, el sistema de instrucción interactivo multimedia, equipamiento, herramientas y otros previsto en esa misma compra”, cuestionó Santistevan.

Romel Cardozo, un profesional que conoce el tema, manifestó a EL DIARIO que solo un técnico podrá definir si el accidente se debió a una falla técnica o humana.

“Ninguna persona puede decir si ha sido una falla humana o mecánica. La empresa que ha vendido esas aeronaves debe mandar un técnico especializado y basarse en la caja negra (caja de color naranja que en cada vuelo se activa para grabar la conversación entre el piloto y el copiloto) porque seguramente el piloto reportó a la torre alguna falla mecánica que pudo haber tenido, a través del ‘mayday’”, aseveró.

El profesional explicó que el tiempo de vida útil de una aeronave se determina por el mantenimiento que se haga. Por ejemplo –dijo– si un motor ha cumplido con su ciclo de vida útil, se puede hacer un ‘overhaul’, lo que supone el cambio de anillas, camisas y pistones.

Aclaró que el mantenimiento depende del uso que se le dé a la aeronave, que puede ser comercial o de entrenamiento como el que registró el accidente el miércoles.

Santistevan aclaró que en este caso no hay mejor testigo que los pilotos sobrevivientes, quienes conocen todo lo que está grabado en la caja negra.

EL DIARIO consultó con la Dirección de Comunicación de la FAB acerca de la asignación y desembolso de recursos financieros para el mantenimiento de las aeronaves K8, pero uno de sus portavoces pidió que las consultas sean hechas mediante un cuestionario escrito.

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