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Hasta el 30 de marzo

SIN reporta registro de 132 personas naturales en IGF



El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) reportó anoche el registro de 132 contribuyentes en el Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), cuyo primer plazo vence este 31 de marzo para personas naturales residentes en el país, con una fortuna neta acumulada situada o colocada en el territorio nacional y/o en el exterior mayor de 30 millones de bolivianos. En principio estimaron las autoridades 150 personas que pagarían el tributo, y por el mismo la recaudación alcanzaría a 100 millones anuales.

En una entrevista televisiva, el presidente del SIN, Mario Cazón Morales, informó que “a la fecha tienen 132 ciudadanos que ya se registraron en la Administración Tributaria para poder pagar el Impuesto a las Grandes Fortunas”.

“Las personas naturales de nacionalidad boliviana y los extranjeros, que hoy día residen en nuestro país y que tienen un patrimonio superior a 30 millones de bolivianos, tenían plazo hasta” el 31 de marzo para registrarse, acotó.

La inscripción en el IGF también puede hacerse mediante la página web www.impuestos.gob.bo.

Se considera residentes a todas las personas nacionales o extranjeras que permanezcan más de 183 días en territorio nacional, en forma continua o discontinua, en un año.

El Presidente del SIN anticipó que este 1 de abril se proporcionará la información sobre el número de personas registradas en el IGF y el monto de la recaudación obtenida hasta esta primera fecha de vencimiento de este nuevo tributo.

El Estado Plurinacional destinará el monto de la recaudación del IGF para cubrir gastos en el área de salud, como la compra de vacunas, y en otros proyectos que benefician a todas y todos los bolivianos.

Cazón recordó que según el Artículo 15 de la Ley 1357 la multa por incumplir el pago del IGF es equivalente al 200% del tributo omitido.

Además, en la etapa de ejecución tributaria perderán el carácter reservado de la información, “pudiendo la Administración Tributaria requerir el pago de la deuda tributaria mediante publicación efectuada por cualquier medio de comunicación”.

EXENTOS DEL PAGO DEL IGF

Cazón aclaró que las empresas unipersonales, empresas públicas, sociedades comerciales, sociedades cooperativas, sociedades anónimas mixtas y toda otra persona jurídica, no pagan el IGF.

Tampoco están alcanzadas por este impuesto las personas naturales con una fortuna neta acumulada igual o menor a 30 millones de bolivianos.

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