Defensoría de la Niñez y Adolescencia
Para permitir el viaje de menores a otras regiones del país en las terminales terrestres del municipio paceño, la Defensoría Municipal emite la autorización respectiva y ese trámite se realiza cerca de 13 veces cada hora, según datos de la Secretaría Municipal de Desarrollo Social de la Alcaldía.
Este promedio de autorizaciones deriva del total registrado entre 2016 y 2020, período en que hubo 220.539 trámites. La plataforma de esta repartición edil, situada en la Terminal de Buses de La Paz atiende de lunes a viernes de 08.00 a 11.00 y en las tardes, de 15.00 a 20.00; y fin de semana de 08.00 a 12.00 y de 14.30 a 18.30. Y la de Minasa también brinda el servicio todos los días, de 07.00 a 11.00 y de 15.00 a 19.00 horas.
La Ley 548 del Código Niña, Niño y Adolescente dispone que todo menor de 18 años debe portar el documento de verificación con el objetivo de evitar la trata y tráfico. En el documento edil se detalla que otro de los fines es luchar contra el abandono de hogar y la vulneración de derechos y violencia contra menores. Las familias que requieran viajar a provincias o al interior del país con menores pueden solicitar los formularios de manera gratuita.
Asimismo, la ciudadanía puede obtener las autorizaciones en la Plataforma Integral de Atención Ciudadana (PIAC) del mercado Camacho, ubicada en el primer nivel; y en la PIAC del Macrodistrito Sur, que está en la avenida Ballivián entre las calles 13 y 14 de Calacoto, edificio Atlanta planta baja. Para mayor información se habilitó el contacto telefónico 800-104100.
En caso de que el menor viaje con ambos progenitores no se requiere sacar el permiso. Pero, sí es necesario cuando el periplo es solo con el padre o la madre, un familiar u otra persona. Para ello, se debe presentar el carnet original y la fotocopia del responsable del viaje y el mismo documento de identidad del progenitor en el que tiene que redactarse la autorización.
De no contar con el permiso del padre o la madre, se tiene que llevar a dos garantes con sus cédulas original y fotocopia. Tanto en el primer y segundo caso, es requisito el documento de identidad original del menor.