Califica de ignominia
Sostienen que esta resolución de la justicia boliviana se convierte en un acto de desprecio para la voluntad popular expresada en el referéndum vinculante de 2016 en el que los bolivianos negaron la posibilidad de que Morales se presente a elecciones para un nuevo mandato.
Tras el reciente fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que rechazó una acción de inconstitucionalidad que pedía la anulación de la sentencia que habilitó la candidatura de Evo Morales para un cuarto mandato el año 2017, el expresidente Carlos Mesa Gisbert cuestionó que estas determinaciones desprecien la voluntad del referéndum del 21-F.
El exmandatario señaló que la determinación del TCP, conocida en las últimas horas, se constituye en una nueva ilegalidad cometida por el Órgano Judicial, a la que calificó como un acto de ignominia que muestra a una justicia totalmente servil al partido en función de gobierno.
“El reciente fallo del TCP sobre la ilegal sentencia 084/2017, no solo es una nueva ignominia para el sistema judicial funcional al MAS”, manifestó.
Mesa sostiene que esta resolución de la justicia boliviana se convierte en un acto de desprecio para la voluntad popular expresada en el referéndum vinculante de 2016 en el que los bolivianos negaron la posibilidad de que Morales se presente a elecciones para un nuevo mandato.
Además, sostuvo que este tipo de resoluciones solamente hacen que se ponga en duda la vigencia de la carta magna en el país y se prioricen los intereses del partido político que se encuentra en funciones de gobierno.
“Desprecia la decisión del 21F y pone en entredicho la supremacía de la Constitución sobre los intereses de quienes ejercen el poder”, sostuvo Mesa mediante una publicación desde su cuenta de Twitter.
Estas posiciones se generan tras el anuncio de que el Tribunal Constitucional Plurinacional rechazó una acción de inconstitucionalidad presentada en 2019 en la que se pedía la anulación de la sentencia constitucional (084/2017) que avaló la postulación de Evo Morales para presentarse como candidato en una nueva elección el año 2019.
Este recurso de nulidad fue presentado por los abogados Rafael Humberto Subieta, Roger Gilberto Cortez, Juan del Granado, José Antonio Santibáñez, William Bascopé, William Herrera, Rubén Darío Cuéllar, Arturo Yáñez y Manuel Añez. Pese a que esta resolución tiene fecha de 24 de diciembre de 2019, fue notificada el pasado martes 19 de abril del año en curso.