El comandante general interino de la Policía, Víctor Santos Maldonado, inicio ayer un proceso interno en contra del director nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), coronel Jorge Toro, quien manifestó que asumirá defensa y se ratificó en su decisión de no subordinarse ante la nueva institución del orden.
En horas de la mañana el coronel Toro se dirigió a la Dirección de Responsabilidad Profesional donde confirmó que el coronel Maldonado le abrió un proceso por desagravio, a su salida de esa entidad, información proporcionada por un oficial para que asuma su defensa.
La notificación fue efectuada por el capitán Williams Benavidez, miembro de la instancia que controla la investigación al interior de la Policía, especialmente en la parte disciplinaria.
El director nacional de la Felcc, tras recibir la citación, ratificó su posición respecto a la designación de la nueva autoridad de la Policía, que recayó en el coronel Víctor Maldonado.
Toro reiteró que la nueva autoridad no egresó de la Academia Nacional de Policías para optar al cargo, aunque fuera homologado, lo que a su juicio sólo sirve para ascenso a general. Aclaró que al haberse suspendido los ascensos, no tenía derecho a continuar con la opción de constituirse en la máxima autoridad de la institución verde olivo.
Las aseveraciones de Toro dieron motivo para que el nuevo comandante general, decidiera iniciarle un proceso supuestamente por faltar de manera verbal a su autoridad, así como de incumplir el régimen disciplinario de la institución.
El director de la Felcc, recordó que el Artículo 253 de la Constitución Política del Estado ordena que debe ser un policía con grado de general el que asuma el mando, asimismo, la Ley Orgánica de la Policía en el Artículo 13 sostiene que para optar al cargo debe ser egresado de la Anapol.
Con relación a la falta que supuestamente cometió el coronel Toro, ésta se enmarcaría en la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana. La Ley 101 creada el 4 de abril de 2011, específicamente señala: “La presente Ley tiene por objeto regular el Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, estableciendo las faltas y sanciones, las autoridades competentes y los respectivos procedimientos, garantizando un proceso disciplinario eficiente, eficaz y respetuoso de los derechos humanos, en resguardo de la dignidad de las servidoras y los servidores públicos policiales.
De acuerdo con esta norma, la posición de la autoridad de la Felcc, estaría tipificada como “falta grave” y sería sancionado con el retiro temporal de la institución, con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes de uno a dos años”.
Según el exrepresentante de policías, Juan Carlos Soraide, los procesos efectuados en contra de subalternos, en muchos casos concluye con la baja inmediata, mientras que en el caso de algunos oficiales, no ocurre lo propio, pues las sanciones en contra de quienes vulneren su propia norma, puede ser apelada y concluir con la plena absolución.
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