Defensor del Pueblo en El Alto asegura
• A pesar de la aprobación del Decreto Supremo 2131, aún se desconoce la cantidad de reclusos beneficiarios.
El representante del Defensor del Pueblo en la ciudad de El Alto, José Luis Hidalgo, aseguró a EL DIARIO que el nuevo DS 2131 de “Concesión de indulto por razones humanitarias”, es una norma paliativa que disminuye relativamente el hacinamiento en las cárceles del país, pero demuestra la ausencia de una política de Régimen Penitenciario que realice un seguimiento de la reinserción social a los privados de libertad.
Por lo tanto, afirmó la autoridad, dicha concesión es una solución parcial para disminuir el hacinamiento en las cárceles, porque a nivel de Estado no se está atacando las estructuras mismas que ocasionan el incremento en el índice de los hechos criminales.
“Es una solución parcial momentánea, porque en unos meses más nuevamente las cárceles se llenan con otras personas que vulneran las leyes”, indicó.
Para Hidalgo, las cárceles continúan siendo sólo un depósito de personas que vulneraron las normas generando daños físicos y económicos a sus víctimas en desmedro de la sociedad, pero que al interior de las cárceles no existe ninguna política de rehabilitación que garantice que privados de libertad de penas menores puedan reinsertarse y no ser reincidente ante el rechazo que enfrenten cuando salen de las cárceles.
“Lastimosamente nuestro sistema penitenciario ve únicamente al privado de libertad cuando está adentro de la cárcel y no hay una política que invierta y permita que el Estado haga un seguimiento de su rehabilitación, por lo tanto, ese factor es más personal que institucional”, remarcó.
El representante del Defensor del Pueblo asegura no haber conocido, en su tiempo de gestión, que se hayan implementado políticas de rehabilitación y reinserción social por parte del Gobierno en las cárceles del país, por el contrario, la única experiencia aplicada surge de entidades privadas o de organizaciones no gubernamentales junto a la cooperación internacional, como es el caso del centro de rehabilitación Calahuma donde los jóvenes son capacitados para su reinserción social con el objetivo de que, al salir de la cárcel, la institución realice un seguimiento de su reincorporación social.
Si bien las personas favorecidas con el indulto con varones mayores de 58 años y mujeres de 55 años que hayan cumplido un cuarto de su condena a pena privativa de libertad y que los mismos hayan estado involucrado en penas menores y no sean reincidentes, la norma no hace ninguna referencia y tampoco se dio a conocer en la sesión congresal de la Asamblea Legislativa Plurinacional desarrollada el fin de semana de la cantidad de personas que se pretende favorecer con la norma.
En la misma línea, el funcionario de la Defensoría del Pueblo observa que dicha falencia, de la actual política de Régimen Penitenciario, no existe un estudio serio y menos un proceso de seguimiento a privados de libertad que logran por vía legal suspender su detención preventiva.
“Por el momento, desde la aplicación de la norma del indulto, en la primera fase que favoreció a personas con enfermedad terminal, personas de la tercera edad, menores de 12 años, mujeres embarazadas, discapacidad grave, que no hayan cometido delitos mayores como asesinato, violación, narcotráfico entre otros, por el momento no se dio a conocer que los mismos hayan vuelto a reincidir en sus delitos”, aclaró.
Por el contrario quienes fueron favorecidos con la cesación de su detención preventiva, pero por otros factores legales efectivizados de manera individual, son el grupo social que reinciden, se re-articulan con otras especialidades ocasionando un alto riesgo en la seguridad ciudadana del país, concluyó la autoridad.
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