Paro portuario en Iquique ocasiona cuantiosas pérdidas al país:
La Cancillería de Bolivia exigió a Chile la inmediata suspensión de medidas que estrangulan el comercio exterior boliviano y solicitó el inmediato resarcimiento económico de los daños causados
El Gobierno boliviano exigió a su par de Chile que cumpla el Tratado de 1904 y otorgar al país las garantías del libre tránsito para la carga nacional, ya que el paro de trabajadores de Iquique perjudica el comercio y genera cuantiosas pérdidas económicas. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante un comunicado, denunció un nuevo atentado por parte del Gobierno de Chile contra el Comercio Exterior y la economía boliviana, a partir de la paralización del puerto de Iquique por donde circulan en tránsito directo alrededor de 200.000 toneladas de carga boliviana anualmente.
PAROS RECURRENTES
La paralización del puerto de Iquique, producto de la suspensión de actividades de los trabajadores portuarios de la Empresa Portuaria Iquique (EPI), es un nuevo atentado al comercio nacional, dice la Cancillería en el comunicado de prensa.
“Bolivia presenta una vez más su más enérgico reclamo al constatar que a días de la finalización del último paro de Aduana de Chile, nuevamente el Gobierno de Chile en evidente incumplimiento de sus compromisos y al derecho internacional estrangula al Comercio Exterior boliviano, al no garantizar el libre tránsito de la carga boliviana que lleva sin poder embarcar o desembarcar en el puerto de Iquique hace ya trece días, manteniendo el puerto bloqueado para el ingreso o salida de camiones bolivianos", señala la nota.
En ese ámbito, las autoridades nacionales sostienen que el pueblo boliviano es víctima de reiterados incumplimientos por parte de Chile, y se ve obligado a asumir, una vez más, millonarias pérdidas.
PÉRDIDAS
La Cancillería dice que retorno de unidades vacías al verse las naves obligadas a desembarcar en otros puertos, provoca pérdidas, así como los costos de flete al tener que movilizarse a otros puertos para desembarcar o embarcar carga.
MULTAS Y RECARGOS
A esos costos hay que sumar las multas y recargos por el incumplimiento de contratos de exportación al no poder embarcar la carga de exportación en puerto.
También se registrarán multas por incumplimiento en la ejecución de obras de infraestructura y proyectos productivos al no contar con los bienes de capital e insumos que se encuentran en naves que no pueden desembarcar.
Asimismo, los costos relacionados con la suspensión de actividades industriales a la espera de insumos en naves que no pueden desembarcar, es un perjuicio; y los viáticos de transportistas y garaje de camiones que esperan carga para poder retornar a Bolivia, aumenta las tarifas de operación; y por último se suman más pérdidas por la imposibilidad de firmar nuevos contratos de transporte, al encontrarse las unidades esperando carga en Chile.
ANTECEDENTES
Como se recordará el paro aduanero chileno también perjudicó al comercio boliviano, y luego de más de una semana recién las autoridades chilenas solucionaron el conflicto.
PRIVADOS
Al respecto, en su momento, el gerente general de la Cámara Nacional de Comercio, Javier Hinojosa, dijo que la recuperación del tránsito demoraría unas semanas más una vez solucionado el paro, y ahora no pasó mucho tiempo y el comercio boliviano debe enfrentar otra paralización de actividades.
INMEDIATA SUSPENSIÓN
En su comunicado, la Cancillería dice que el Estado Plurinacional de Bolivia exige a la República de Chile la inmediata suspensión de las medidas que impiden desembarcar o embarcar carga de ultramar de Bolivia, debiendo el Gobierno de Chile garantizar el cumplimiento al Artículo 6 del Tratado de 1904.
TEXTO
Dicho artículo dice: "La República de Chile reconoce a favor de Bolivia y a perpetuidad el más amplio y libre tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico", obligación que ha sido ratificada por Chile en el Artículo 1 de la Convención de Tráfico Comercial de 6 de agosto de 1912 y por la Convención de Libre Tránsito de 16 de agosto de 1937.
Asimismo, exige nuevamente a la República de Chile la inmediata suspensión de estas medidas que obstaculizan y estrangulan el Comercio Exterior boliviano, y solicita el inmediato resarcimiento económico de los daños causados al Estado Plurinacional de Bolivia como producto de los reiterados incumplimientos de Chile a sus compromisos y al derecho internacional.
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