Por Línea Blanca
Mientras los vecinos de la zona de Miraflores presentaron una Acción Comunitaria ante la Justicia, el Gerente de Mi Teleférico presentó una Acción de Cumplimiento en contra de la Alcaldía, por no honrar con los convenios firmados en la gestión transitoria.
Al respecto el director Jurídico de la Comuna, Fernando Velásquez, dijo, en conferencia de prensa, que la municipalidad asistirá a la convocatoria de la justicia y afrontará la demanda.
Velásquez indicó que la gerencia de Mi Teleférico “pretende forzar” el cumplimiento del convenio “ilegal” suscrito en la gestión transitoria de Omar Rocha, a través de la presentación de una Acción de Cumplimiento.
“El señor Dockweiler ha demandado al Gobierno Municipal de La Paz, a través de una Acción Constitucional, con la finalidad de exigir el cumplimiento de un convenio, que como la población sabe, ha sido elaborado y gestado en un solo día, en una gestión transitoria, viciada de ilegalidades y arbitrariedades, como ha sido la disposición discrecional de los bienes de la institución y de todos los paceños”, refirió Velásquez.
En declaraciones anteriores, el gerente de Mi Teleférico, César Dockweiler, reiteró que el convenio firmado entre la empresa estatal y la Alcaldía, durante la gestión transitoria, es legal y que aquel documento hubiera sido firmado por el alcalde Luis Revilla, si él no hubiera dejado el cargo para postular para ser autoridad edil.
De ese modo, el director jurídico de la Alcaldía informó también que el gerente de Mi Teleférico, César Dockweiler, presentó dicho recurso constitucional el 26 de agosto, ese mismo día fue observado y al día siguiente subsanado y admitido.
Explicó que el caso fue sorteado a la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia, instancia donde se habrían emitido fallos adversos a la comuna paceña.
“Nos llama la atención, nos despierta la susceptibilidad de la imparcialidad con la que pudiera actuar este tribunal y, por supuesto, nos llama la atención que algunos miembros de esta sala estén re postulándose para ser nuevamente vocales”, que con el beneficio de lograr la reelección pudieran emitir fallos desfavorables a la Comuna, en criterio de la autoridad.
La Acción de Cumplimiento, de acuerdo al Artículo 134 de la Constitución, se procede en caso de incumplimiento de disposiciones legales por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida.
Velásquez anticipó que la Municipalidad hará seguimiento al caso, “vamos a estar presentes, como siempre lo hemos estado, al llamamiento de la autoridad para expresar la verdad”.
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