De aprobarse el Estatuto Autonómico

Presupuesto paceño quedará supeditado al nivel central


(ANF).- El Estatuto Autonómico Departamental de La Paz supedita el presupuesto regional al Plan General de Desarrollo (PGD) y establece el control gubernamental hacia sus recursos económicos provenientes de regalías, impuestos, transferencias, legados y hasta donaciones.

El artículo 60 del Estatuto señala que el Presupuesto General del Gobierno Autónomo de La Paz, será elaborado de conformidad al Plan General de Desarrollo (PGD), al Plan de Desarrollo Departamental y a los principios contenidos en el artículo 321 de la Constitución Política del Estado (CPE), que incorpore mecanismos de participación y control social en el marco de la transparencia fiscal y equidad social.

De ser aprobado el estatuto, el presupuesto general del gobierno autónomo de La Paz, incluirá la totalidad de ingresos, recursos financieros y gastos de sus empresas, proyectos e instituciones públicas departamentales y las asignaciones generales, los ingresos extraordinarios provenientes por concesión, donación, y el presupuesto asignado por el Tesoro General del Estado. 

Una vez aprobado el presupuesto institucional por la Asamblea Legislativa Departamental, este no podrá ser modificado por otras instancias sin la aprobación del mismo ente legislativo.

El artículo 321 de la CPE señala que la administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. 

El Órgano Ejecutivo presentará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, al menos dos meses antes de la finalización de cada año fiscal, el proyecto de ley del Presupuesto General para la siguiente gestión anual, que incluirá a todas las entidades del sector público. 

CONTROL

El Estatuto Autonómico del Gobierno Autónomo del Departamento de La Paz, revisado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, señala en su artículo 62, que el control gubernamental de los recursos departamentales, se realizará conforme a la ley que emita el nivel central del Estado, en atención a la competencia asignada en el  artículo 299 de la Constitución Política del Estado.

La norma que será puesta en vigencia de ganar el Sí, establece que sin perjuicio del control ejercido por la Contraloría General del Estado, la Asamblea Legislativa Departamental mediante ley aprobada por dos tercios de sus miembros creará una entidad autárquica encargada de la fiscalización y control gubernamental departamental.

En el estatuto se especifica que los recursos departamentales son las regalías establecidas por la CPE y las disposiciones legales vigentes; la participación en recursos provenientes de impuestos a los hidrocarburos, según los porcentajes previstos en la ley; los impuestos de carácter departamental, establecidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional; además, de las tasas y las contribuciones especiales.

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