Es otra vergüenza pública que descalifica aún más a quienes tienen que hacer dejación de sus funciones el próximo mes, por haber cumplido su mandato, pues no participaron en asamblea ni cien socios ni 50 trabajadores. Hay repudio por parte de los socios, hastiados con el problema que aqueja a Cotel; nadie ya cree en falacias y mentiras de autoridades que están dejando una escuela de atropellos, corrupción, incapacidad, agresiones a la mujer, difamación contra quienes han venido observando malos manejos e irregularidades. Ninguna administración que tuvo oportunidad de conducir nuestra cooperativa maltrató tanto, incluso con amenazas de suspender de su condición de socios a propietarios de la cooperativa.
El deseo desmedido de prorroguismo de los actuales administradores de la Cooperativa de Telecomunicaciones de La Paz, con el propósito de ocultar hechos ilícitos por parte de personas sin ética ni moral no se puede admitir, ni será posible jurídicamente. La Resolución No. TSE-RSP 318/2013 del Tribunal Supremo Electoral de 7 de noviembre de 2013, en el marco de la Constitución Política del Estado, la Ley No. 026 del Régimen Electoral, el Reglamento de Administración de Procesos Electorales para la elección de autoridades de Servicios Públicos, que dio lugar a las últimas elecciones de consejeros de administración y vigilancia de Cotel, es clara y contundente. Es por dos años: 2013 a 2015, y es de cumplimiento obligatorio.
Cualquier desacato o intento de desconocer esta determinación del máximo organismo electoral será un delito de graves consecuencias para aquellos que no cumplan con esa decisión de un órgano de Poder del Estado Plurinacional. Ninguna instancia del Órgano Ejecutivo ni del Legislativo tiene facultades para determinar lo contrario.
Quien funge ilegalmente de Presidente del Consejo de Administración con abuso de poder circunstancial, viene dañando la dignidad de las personas. Tales acciones tienen repercusiones jurídicas, constituyendo delitos sancionados penalmente. Fue suspendido por malos manejos económicos y administrativos y arbitrariedades en el ejercicio de sus funciones, y desconocido por los socios de Cotel; tiene incursos jurídicos penales por daño económico a la cooperativa, violencia contra la mujer y otros, por lo que tendrá que recibir las sanciones penales, administrativas civiles, sea por comisión u omisión.
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