Vocal Dunia Sandoval asegura que se respetan derechos

TSE no ve factible cambios a reglamento de propaganda

• La Sala Plena aún no realizó el análisis de esta solicitud, aseguraron desde el Órgano Electoral


DUNIA SANDOVAL, VOCAL DEL TSE.

Para el Tribunal Supremo Electoral (TSE) es poco probable la modificación al Reglamento de Propaganda Electoral para el referéndum del 21 de febrero de 2016, solicitud que el Gobierno pidió que se cambie el artículo que manda transmitir actos oficiales por tan solo15 minutos en época electoral. La vocal Dunia Sandoval afirmó que el documento fue elaborado tomando en cuenta el respeto a la libertad de expresión y de información. Agregó que aún Sala Plena no tomó una decisión sobre la solicitud del Órgano Ejecutivo.

“Para hacer la cobertura periodística con los 15 minutos tienen un tiempo suficiente e incluso excesivo para los medios de radio y televisión. Entonces, no va haber ninguna restricción a la libertad de información”, sostuvo la autoridad.

SOLICITUD

El Gobierno nacional solicitó al TSE dejar sin efecto un artículo del Reglamento de Propaganda y Campaña para el Referéndum , que fija sólo a 15 minutos las transmisiones de los medios estatales de los actos oficiales donde participan el presidente Morales y vicepresidente García.

El pedido fue presentado por el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Rodolfo Illanes, quien, mediante memorial, pide al Órgano Electoral la modificación de este reglamento aprobado semanas atrás por los vocales y que es específico para el referéndum del próximo año.

RESPETO

La vocal Sandoval afirmó que el TSE y el reglamento que aprobaron para la próxima consulta popular, no están violando ninguna norma y más por el contrario, se está garantizando la libertad de expresión y de información. “No se está violando la libertad de expresión en el sentido de que la transmisión sobretodo en televisión y radio, no requiere mucho tiempo”.

Sandoval puntualizó que cuando se habla de propaganda gubernamental no solo se refiere al Gobierno central sino también a los gobiernos departamentales y municipales que por ley son autónomos. Destaca esa aclaración porque cuando se menciona restricciones de actos oficiales, no solo se refiere a actos del gobierno central sino regional.

Otra aclaración es que esta norma rige 30 días antes de la jornada electoral, es decir, que por el momento, están permitidas las transmisiones oficiales de entrega de obras y demás, pero está prohibido que en esas transmisiones se realice propaganda del referéndum constitucional.

“La norma rige desde 30 días antes al referéndum, es decir va entrar en vigor el 21 de enero. Actualmente no hay ninguna restricción a la transmisión de entrega de obras ni propaganda gubernamental”, afirmó la autoridad.

En ese marco, Sandoval precisó que aún la Sala Plena no emitió ninguna respuesta a la solicitud del Gobierno central. La misma será analizada en Sala Plena por todos los vocales.

Anteriormente, el vicepresidente del TSE, Antonio Costas, afirmó que el TSE atenderá “sin ninguna prisa” la solicitud del Gobierno del Movimiento Al Socialismo (MAS) de modificar el Reglamento de Campaña Electoral que pretende que los medios sobre todo de radio y televisión transmitan en extenso los actos oficiales de entrega de obras, donde aparece el presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García, y donde el oficialismo hace también campaña electoral por el Sí.

“No tenemos ninguna prisa, estamos con las actividades electorales”, afirmó Costas a EL DIARIO y agregó además que Sala Plena aún no recibió el informe técnico y jurídico de dicha solicitud.

REGLAMENTO

El artículo 24 del Reglamento de Propaganda, referente a la cobertura de entrega oficial de obras, señala en su parágrafo II que “la transmisión en vivo y en directo de actos de entrega de obras del Gobierno nacional o de los gobiernos autónomos no podrá superar los 15 minutos de duración en cada caso. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la aplicación de una multa contra el medio equivalente al doble de la tarifa más alta inscrita por el mismo, por el tiempo excedido”.

Asimismo, el parágrafo I dice que “desde los treinta (30) días antes de la votación hasta las veinte (20:00) horas de la jornada electoral, los actos de entrega de obras del Gobierno central o de los gobiernos autónomos podrán ser difundidos por los canales de televisión, radioemisoras, periódicos y medios digitales, sólo como cobertura informativa”.

 
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