Tribunal declara que Ley 351 permite cerrar ONG

• La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró constitucional artículos de la Ley 351 de Otorgación de Personalidades Jurídicas, que permiten cerrar una Organización No Gubernamental (ONG) o fundación


LAS ONG SON ORGANISMOS SIN FINES DE LUCRO, QUE REALIZAN TRABAJOS DE ORDEN SOCIAL EN SALUD, EDUCACIÓN, ALIMENTACIÓN, AGRICULTURA, GANADERÍA Y OTROS.

“La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional (…) resuelve Declarar: la constitucionalidad de los arts. 7.II de la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, en la frase ‘…organizaciones no gubernamentales y fundaciones…’ y su numeral 1 en la expresión: ‘La contribución al desarrollo económico y social’; y, el art. 19 inc. g) en su integridad del DS 1597 de 5 de junio de 2013”, se lee en el fallo del TCP, citó la agencia de noticias ANF.

La resolución concluye que “no se advierte desconocimiento, vulneración y menos lesión a los principios de supremacía constitucional y jerarquía normativa, resultando por ello (las normas en cuestión) son constitucionales”.

INCONSTITUCIONAL

En agosto de 2015, el exdefensor del Pueblo, Rolando Villena, tildó de “inconstitucional” la Ley 351 debido a que vulnera el derecho a la libre asociación para conformar Organizaciones No Gubernamentales.

Pidió que esta pueda ser revisada en profundidad en el Tribunal Constitucional Plurinacional, instancia a la que presentó, en 2013, un recurso de inconstitucionalidad en contra de la norma.

El recurso presentado, en junio de 2013, va en contra dos artículos de la Ley 351 y del Decreto Supremo 1597. Ambas normas facultan al gobierno a disolver una ONG o fundación sin argumentar razones y sin autorización judicial.

Además, para reconocerlas obligan a que estas adapten sus estatutos y objetivos a los planes gubernamentales de desarrollo. La ley también establece que los activos de estas entidades serían tomadas por el Estado “35 días después” de anunciada su disolución.

El director del Centro de Documentación e Información de Bolivia (Cedib), Marco Gandarillas, expresó su preocupación por el fallo en su cuenta de Facebook.

“Hablamos de la libertad de asociación. Sin este derecho simplemente no existe la democracia”, manifestó. Sugirió que ahora lo que queda es elevar el recurso a una instancia internacional.

El objetivo de la Ley 351 es la otorgación y registro de personalidad jurídica a organizaciones sociales, ONG, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el territorio nacional.

En junio de 2015, el presidente Evo Morales advirtió, en un evento público, que se expulsará del país a cualquier ONG o fundación que intente perjudicar la exploración de hidrocarburos.

ADVERTENCIA

En agosto de 2015, el vicepresidente Álvaro García advirtió al menos a cuatro ONG –Milenio, Cedib, Tierra y Cedla– con expulsarlas del país si interfieren en la actividad política del país.

Además, las acusó de recibir financiamiento del extranjero, defender intereses foráneos y difundir datos erróneos.

“Esa es la política de esas ONG y ese discurso de fondo lo defienden con mentiras, con datos erróneos, hacen política. Entonces, por supuesto que nosotros también decimos: señores de la ONG usted no tiene derecho a entrometerse en asuntos políticos en nuestro país, si se entromete se va afuera”, aseguró García.

Dos meses antes, el presidente Morales también amenazó con expulsar de Bolivia a cualquier ONG o fundación que intente perjudicar la exploración de hidrocarburos. “Quiero decirles que cualquier ONG o fundación que perjudique la exploración de los recursos naturales se va a ir de Bolivia, compañeras y compañeros. No necesitamos instituciones del extranjero que vengan del exterior, que vengan a perjudicarnos”, afirmó en ese entonces el Jefe de Estado.

 
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