Desde hace muchos años, Transportes Aéreos Militares (TAM) funciona como empresa comercial realizando vuelos en diferentes rutas. Muchas veces se ha informado que es un apéndice de la Fuerza Aérea y, por ello, no paga impuestos ni cubre algunas obligaciones a que están sujetas las empresas comerciales de aeronavegación. Se ha pedido, en diversas oportunidades, que se realicen trabajos de auditoría, se establezca las condiciones en que opera su personal, cómo actúan sus directivos y hasta qué punto los beneficiarios son la Fuerza Aérea o las mismas Fuerzas Armadas.
En los últimos tiempos se anunció que TAM actuará oficialmente como empresa pública de aeronavegación y, para ello, se acomodará a regulaciones dispuestas por la Dirección de Aeronáutica Civil; pero últimas informaciones señalan que para cumplir los requisitos exigidos debe contar, por lo menos, con una nave de su propiedad, seguramente al margen de las naves con que opera en la actualidad; sin embargo, se informa que aviones pertenecientes a la Fuerza Aérea no podrán ser utilizados en la nueva empresa comercial que será el TAM. Esta decisión dejaría a la empresa en condiciones de trabajar sin capital y sin equipos.
Se informa que una “comisión estudia en los EEUU opciones para la compra o alquiler de un avión para transporte de pasajeros, cuyo costo estaría en los 4 a 5 millones de dólares”; nada se dice sobre otros requisitos que deberían cumplirse. Para la colectividad el funcionamiento de una empresa comercial de aeronavegación debería contar con los equipos necesarios tanto de aviones como de infraestructura, porque atender los requerimientos de una empresa comercial tan solo con un avión sería hasta irregular.
El caso debería ser aclarado tanto por el gobierno como por las Fuerzas Armadas, porque al funcionar el TAM actualmente con 350 empleados mostraría que se cumplen las normas sociales y de tributos; lo contrario sería grave infracción de las leyes. Seguramente habrá la exigencia, especialmente por parte de las oficinas de Impuestos, como las Cajas de Salud y las AFPs sobre la cobertura de obligaciones tanto tributarias como sociales. La Dirección de Aeronáutica Civil debería informar pormenorizadamente sobre la nueva empresa que, se supone, ha realizado todos los trámites pertinentes y no dejará al azar de las circunstancias requisitos muy estrictos que establecen las leyes.
El TAM, como cualquier empresa, deberá cumplir con leyes, reglamentos y condiciones dispuestas por normas; no con un accionar sin cumplir requisitos mínimos como contar con un equipo de por lo menos cinco aviones, que tendrían que cubrir las actuales rutas del TAM dependiente de la Fuerza Aérea. De otro modo, habría la urgencia de que los aviones que actualmente utiliza continúen en operaciones previos contratos de venta o alquiler con la nueva empresa comercial.
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