En La Paz

Distritales desconocen número de colegios con nombre extranjero

• Aún no se tiene el número oficial de cuántos colegios deben migrar su nombre extranjero a uno en idioma español; la norma fue observada por la ciudadanía, ya que no tenía ningún sentido.


Colegios con nombre extranjero deben cambiar a uno en español, para no confundir a los padres de familia.

Las distritales y la departamental de educación de La Paz no tienen los datos de colegios con nombre extranjero, a pesar de las varias consultas que hizo este medio de comunicación, los responsables no pudieron brindar el dato.

Entre tanto. el director de la Dirección Departamental de Educación La Paz, Basilio Pérez Gómez, informó que aún no se recibieron solicitudes de cambio de nombre de colegios con nombre extranjero; que deberían volverlo al idioma español; el plazo fenece en abril.

Las distritales de educación de la ciudad de La Paz aún continúan con el proceso de verificación y centralización de las Unidades Educativas que deben cambiar el nombre extranjero a idioma español, en el marco de la resolución ministerial 01/2017, establecida por el Ministerio de Educación.

La misma tiene por objetivo evitar confusiones en los padres de familia en cuanto a la calidad de la educación que reciben sus hijos; la norma rige a Unidades Educativas tanto fiscales como privadas, y de convenio, con algunas excepciones, las cuales deberían iniciado el trámite en enero.

Sin embargo, la ciudadanía observó la determinación, y la calificaron de sin sentido.

INSTRUCTIVO

La Dirección Departamental de Educación emitió un instructivo a los Directores distritales de educación para que presenten el informe de la situación de los colegios que deben cambiar el nombre de su establecimiento educativo;aún estaría a la espera de la información.

Según el Director de la Departamental hasta el momento se tendría 5 Unidades Educativas que ya fueron observados por su nombre extranjero, por lo que se procedió a la notificación a estos colegios mediante los distritales, para que inicien el trámite.

NINGUNO

Hasta la fecha, ni un establecimiento educativo habría presentado la solicitud para iniciar el trámite, pese a que, según las distritales de educación, ya se habría notificado a los establecimientos educativos para que puedan empezar el proceso.

Comunicó que estaría a la espera de los informes de las Distritales 1, 2 y 3, puesto que estas tendrían el trabajo de identificar los establecimientos que deben cambiar de nombre, además que en ellas iniciaría el trámite respectivo de los establecimientos educativos.

Pérez dijo que hasta abril se evaluarán los resultados, la modificación de los nombres, al mismo tiempo recordó que la norma está vigente desde el 15 de enero de la presente gestión y el plazo fenece el próximo mes.

INFORMACIÓN

Al recibir esa información, El Diario se apersonó a las tres Distritales de Educación para verificar el proceso del trámite e informarse de cuántas unidades educativas deberían de cambiar el nombre extranjero a un nombre en idioma español, pero sólo pudo entrevistar a un director.

En tal búsqueda de la información, sólo se logró hablar con el Director de la Distrital de Educación 2, Roberto Nina, quién comunicó que aún no se tienen identificadas las Unidades Educativas que deben iniciar el trámite.

Sin embargo, explicó que las Unidades Educativas deben apersonarse a las distritales para solicitar el cambio de nombre; los establecimientos en tal situación deben seguir una serie de requisitos. Nina informó que la duración del trámite podría durar hasta 45 días.

Detalló que entre los requisitos a seguir para dicho trámite, es la presentación de los documentos pedagógicos, administrativos y legales, entre ellos presentar el título de propiedad del establecimiento, el folio real, el testimonio de la infraestructura, la ubicación geográfica, el POE educativo, entre otros.

También comunicó que las Unidades Educativas que no inicien el trámite en los tiempos delimitados, estarán sujetos a sanciones económicas por incumplimiento de la resolución 01/2017, establecida por el Ministerio de Educación.

UN COLEGIO

En el caso de la Distrital de Educación 1 no se pudo encontrar al Director de la misma, sin embargo se accedió a hablar con el Técnico de Participación Popular, Jhonny Calderón, quien dijo que hasta el momento sólo se habría identificado un solo Colegio, el que aún no habría iniciado el trámite.

Calderón detalló que el establecimiento educativo identificado es el “Rouma High School”, que por su nombre en idioma inglés, debería cambiarse a uno en español.

Los directivos de tal establecimiento tienen la libertad de elección para determinar el nuevo nombre de la Unidad Educativa, agregó.

NORMATIVA

Cuando se estableció la normativa, las autoridades de educación afirmaron que el objetivo de esta instrucción es el de evitar falsas expectativas en cuanto a la formación educativa, se refiere, puesto que muchas veces sólo con llevar el denominativo “school” podría aparentar que el Colegio tenga una certificación internacional.

También aclararon que al llevar el término “High school”, significaría en español “escuela superior”, y en el país se ofrece un sistema regular, de calidad, y no así una educación superior para que los que finalizan su formación educativa en el colegio, así que los que concluyen su vida colegial sólo obtienen un certificado de bachiller.

Pérez Gómez informó que los colegios que tengan nombres propios pueden mantener el mismo, como por ejemplo, “Jhon F. Kennedy”, pero los establecimientos que tengan denominativos extranjeros deben cambiar a un nombre en español.

Se pudo percibir que existe cierta ausencia de información, tanto de la Departamental de Educación como en las Distritales de Educación 1, 2 y 3, puesto que en ninguna de ellas se obtuvo el número especificó de las Unidades Educativas que deben iniciar el trámite.

 
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