Mediante sistema Uber
Desde este lunes rige en La Paz el Reglamento Municipal de Servicio Privado de Transporte de Pasajeros contratado mediante Plataformas Tecnológicas que establece los requisitos, procedimientos y condiciones que se deben cumplir para ofrecer este tipo de prestaciones mediante aplicaciones en el celular.
El alcalde Luis Revilla, en conferencia de prensa en el Despacho del Palacio Consistorial, informó que empresas de movilidad colaborativa como Uber tienen un plazo de 30 días para que regularicen su situación, a partir del reglamento, para que puedan prestar el servicio.
El Decreto Municipal 005/2017 emitido el 13 de este mes aprueba el referido reglamento del servicio por el cual operadores trasladarán a usuarios, “no está sujeto a horarios ni recorridos, siendo que el usuario solicita el servicio y fija el lugar de destino a través del uso de plataformas tecnológicas, cuya tarifa estimada es previamente acordada entre partes...”.
A la plataforma tecnológica se accede a través de una aplicación en el celular con internet, por el cual los usuarios y operadores registrados en las “empresas de movilidad colaborativa” se conectan para solicitar y recibir el servicio de transporte, así como para conocer el monto del pago.
Las empresas tienen la obligación de registrar a todos los vehículos y conductores que van a prestar el servicio y remitir la información el 10 de cada mes a la Secretaría Municipal de Movilidad.
Los vehículos que prestarán dicho servicio no llevarán una identificación como un radiotaxi, pero sí deberán tener un sticker con el respectivo código QR donde se pueda acceder a la información base del motorizado.
Portada de HOY |
1 Dólar: | 6.96 Bs. |
1 Euro: | 7.27 Bs. |
1 UFV: | 2.18936 Bs. |