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Código responde a Derecho Penal del Enemigo

• El cuestionado Código del Sistema Penal restringe los derechos ciudadanos

El abogado constitucionalista, William Bascopé, y la abogada penalista, Moira Sandoval, coincidieron en que el nuevo Código del Sistema Penal es una norma que restringe las garantías y derechos de los ciudadanos bolivianos por una serie de irregularidades manifiestas en varios artículos de su contenido.

Ambos especialistas señalaron que la Ley Nº 1005/2017 Código del Sistema Penal, promulgada el pasado 14 de diciembre, responde al denominado “Derecho Penal del Enemigo”, una doctrina penal acuñada por el jurista alemán Gunther Jakobs en 1985, la cual no castiga a un sospechoso por un hecho delictivo cometido, sino por considerarlo peligroso.

PROTEGER PODER POLÍTICO

En entrevista con ANF, el constitucionalista observó al menos siete artículos del Código Penal, los cuales desde su análisis son anticonstitucionales y presentan incongruencias, mala redacción, falta de especificidad e incluso mala intención.

“Lo que hace este nuevo Código Penal es proteger al poder político y al Estado, anteponiéndose a los derechos del ciudadano. Es totalmente contrario a la Constitución y atropellador de las garantías constitucionales y derechos del ciudadano”, manifestó el constitucionalista.

El primer artículo observado por Bascopé fue el 137, referente al homicidio culposo con medio de transporte, ya que existiría una “deficitaria relación con el numeral III de dicho artículo, el cual sancionaría no solo al chofer que cometa un accidente de tránsito, sino también al dueño del motorizado. Ambos agravan su situación si su culpa es temeraria, algo que también es criticado por Bascopé porque se mezclan conceptos como la culpa y el dolo.

 “¿Como un dueño de un medio de transporte no va a llevar intencionalmente al mecánico con la intención de matar? Esto es inconcebible. El nuevo Código Penal está queriendo penalizar hasta al dueño. Es incongruente mezclar la culpa con la temeridad (…) Es decir un chofer no sale a conducir con la intención de matar, lo que puede pasar es un accidente porque él sabía que podía pasar, pero no lo hace con intención”, dijo.

Otro artículo que ha cobrado una negativa popularidad es el 205 que tiene que ver con la mala práctica profesional y que ha puesto al sector médico en emergencia ante una posible “criminalización de su profesión”. Para Bascopé es un artículo que no es específico para la actividad médica y que por ello involucra a todas las profesiones.

“Lo sensato era que diga para la actividad médica y se cerraba para la praxis médica. Al no decir médicos ya han abierto la posibilidad de interpretación para todos los oficios. Es más hablan de la inhabilitación, pero ¿De qué? ¿De su licencia, titulo o cargo de trabajo? El código no especifica que se va a inhabilitar”, indicó. 

Además, Bascopé señaló que también se trata de un artículo inconstitucional debido a que cualquiera que incurra esta falta perderá su fuente laboral, algo que contradictorio a la Constitución que garantiza y protege el derecho al trabajo. A ello se suma que el artículo 117 de la carta magna señala que nadie puede ser sancionado dos veces por un mismo delito, sin embargo, esto se daría en el 205.

“Con esto no se quiere decir que no se debe castigar la negligencia médica, sino lo contrario, pero hagámoslo con una buena redacción técnica que guarde el concepto de culpa y que sea la redacción precisa para el oficio médico y no abrir tan abiertamente esto y criminalizar la labor médica o la actividad de los ciudadanos”, indicó.

En cuanto al artículo 209, referido a la obstaculización del ejercicio de derechos políticos, Bascopé dijo que se trata de un “tema aberrante”, debido a que todos los ciudadanos y ciudadanas que se dedican a la política realizan varias acciones en cumplimiento de sus ejercicios políticos.

“Esto inclusive va a las redes sociales porque si uno pone en su Twitter o Facebook su apoyo al Gobierno o su reproche, algo que pasó en las Elecciones Judiciales en el que se llamó al voto nulo, podrá ser denunciado por el Estado u otro ciudadano”, dijo.

Bascopé relacionó este último artículo con el 245, que penaliza la manipulación informática. Según el constitucionalista, los internautas de las redes sociales son objetos de control y pasibles a sanción, con lo que se va en contra de la libertad de expresión.

“Con esto le damos la razón al Gobierno para sancionar en el caso Zapata por ejemplo. El Gobierno atribuye la derrota del 21F a la propagación de una supuesta mentira difundida a través de las redes sociales sobre un hijo falso de Evo Morales. Si mantiene esta redacción todo aquel que saque una propaganda por redes sociales va a ser penalizado”, aseguró.

PRESUME LA CULPABILIDAD

Para la penalista Sandoval con el actual Código Penal “se cancelan muchas garantías, derechos y principios constitucionales” y va dirigida a un determinado grupo humano o población civil, el cual es catalogado de ante mano como “un enemigo que en el futuro va a cometer un delito; anticipándose o imaginando que va a cometer un delito, sin que lo haya cometido”. 

Según la especialista, una de las principales divergencias entre el nuevo Código y el anterior, es que el primero ha insertado nuevos delitos que “no han sido dirigidos a delincuentes, sino a los ciudadanos que ejercen alguna profesión”, esto en referencia del artículo 205.

 
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