Flagrante violación del Tratado de 1904
• La Cancillería boliviana ni la ASP-B no han tomado conocimiento oficial de este extremo, que además encarecerá los costos del comercio exterior del país
De manera inconsulta, la administración portuaria de Arica puso en operaciones el prepuerto en el Valle de Lluta ,distante a 11 kilómetros de la ciudad costera chilena, lo que fue interpretado en sectores empresariales como una nueva violación del vecino país al libre tránsito consagrado en el Tratado de 1904.
La Terminal Portuaria de Arica (TPA) cursó una invitación para que las autoridades de la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia, ASP-B participen de la inauguración de la infraestructura, anunciada para el siguiente mes.
“Efectivamente, hemos recibido la invitación que nos han cursado las autoridades de la Terminal Portuaria de Arica, TPA pero esta situación debe ser previamente de conocimiento de la Cancillería”, señaló el gerente ASP-B, David Sánchez. Sin embargo, el proyecto debió ingresar en operaciones en el primer semestre de 2014, lo que explicaría el descuido de las autoridades de la Cancillería.
De acuerdo a las declaraciones de Sánchez, en momento alguno la Empresa Portuaria Arica (EPA), que es la entidad estatal reguladora de los servicios portuarios en el país vecino, solicitó el permiso ni la autorización expresa de la ASP-B para movilizar carga boliviana en tránsito del puerto de Arica a instalaciones extraportuarias.
PREPUERTO
Al respecto, el exrepresentante del transporte pesado, Gustavo Rivadeneira, en contacto con EL DIARIO, confirmó ayer ese extremo e informó que efectivamente el prepuerto ya funciona, pero la carga boliviana va todavía al puerto de Arica. EL DIARIO pudo conocer que algunos empresarios utilizan ese emplazamiento, pero bajo su responsabilidad.
Rivadeneira explicó que se derivan a esa zona extraportuaria cargas difíciles de manipular de acuerdo a su normativa laboral, ya que cada estibador (personal en puerto) sólo puede levantar 25 kilos. “Cargas con pesos superiores son derivados a esa zona extraportuaria”, apuntó.
También se refirió a la implementación de un nuevo sistema informático, denominado TOS, que por el momento no tiene el visto bueno de la ASP-B, pero informó que acatará cualquier disposición de las autoridades nacionales, y más si beneficia al sector.
NO OFICIAL
Mientras tanto, Sánchez señaló que no tiene un informe del funcionamiento de la infraestructura en el denominado Valle de Lluta y que espera la notificación oficial del Gobierno chileno para evaluar la situación, en su condición de representante del Estado boliviano para el movimiento de la carga nacional en territorio vecino. Sostuvo que el caso es competencia de las cancillerías de ambos países.
Similar infraestructura se implementó en Antofagasta, en el Gobierno de Hugo Banzer Suárez, y estamos tratando de que esto no suceda nuevamente, ya que aquél cambio provocó una situación dramática, sostuvo Rivadeneira.
MÁS PERJUICIOS
Sánchez informó también que por las fiestas patrias en Chile podrían confrontarse nuevos perjuicios, con el flujo de la carga en tránsito por los puertos chilenos, en vista de lo que hizo anteriormente la respectiva representación.
“Esperamos que no se convulsione nuevamente”, dijo Sánchez, a tiempo de informar que la situación en la terminal tiende a normalizarse, aunque señaló que la TPA aplica un nuevo sistema de movimiento de carga en puerto, lo que hasta el momento ha agravado la celeridad de los despachos.
TRATADO DE 1904
- Mediante el Tratado de 1904 “La República de Chile reconoce en favor de la de Bolivia y a perpetuidad, el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico. Ambos gobiernos acordarán, en actos especiales, la reglamentación conveniente para asegurar, sin perjuicios para sus respectivos intereses fiscales, el propósito arriba expresado” (Artículo 6).
- En cumplimiento a la última parte de esta cláusula, el 6 de agosto de 1912 ambos países suscribieron la Convención de Tráfico Comercial, donde se garantiza el libre tránsito por su territorio de las mercaderías extranjeras que se desembarquen con destino a Bolivia, o que procedentes de ese país se embarquen para el extranjero por todos los puertos mayores de la República (artículo 1).
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