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Después de inscripción

TSE tratará renuncias de candidatos en nueva fase

> Con la inscripción de candidatos a la Asamblea Legislativa, culmina una primera fase en el proceso electoral. Posterior a este paso, el TSE atenderá los casos de renuncias, objeciones y sustituciones de los candidatos a las elecciones generales


Después del cumplimiento de la actividad 20 del calendario electoral con la inscripción de candidaturas a la Asamblea Legislativa, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) recién podrá tratar y analizar las solicitudes de renuncias de los candidatos, porque era requisito que los binomios habilitados en una primera fase, registren las listas de sus postulantes para el Legislativo, precisó el vicepresidente del ente electoral, Antonio Costas.

En ese sentido, aseveró que las dimisiones de Jaime Paz Zamora a ser candidato a la Presidencia por el Partido Demócrata Cristiano (PDC) y de Edwin Rodríguez a la Vicepresidencia por Bolivia Dice No, fueron rechazadas ya que son “renuncias anticipadas”, puesto que es obligatorio que los binomios elegidos en las elecciones primarias se registren para las elecciones generales, al menos en la primera fase.

Una vez concluida la primera fase – que terminó anoche con la presentación de listas de candidatos al Legislativo- los candidatos podrán renunciar y su situación volverá a ser debatida en la Sala Plena del TSE.

“La resolución dice que para la presentación de las candidaturas el resultado de las primarias es de cumplimiento obligatorio para los partidos y alianzas y vinculante al proceso electoral, entonces, bajo ningún motivo hasta la presentación de las candidaturas el partido político puede cambiar estas listas”, afirmó Costas.

Agregó que la Ley de Organizaciones Políticas establece que para la nominación de los binomios presidenciales debe haber una elección primaria, la que se desarrolló en enero y de cuyo proceso surgieron los binomios habilitados para las elecciones generales.

“Ahora, la primera elección primaria es la que se ha desarrollado en enero. Esa elección primaria indudablemente ha tenido sus propias características, ha tenido un contexto político particular”, añadió.

Además Costas dijo que la Sala Plena rechazó las renuncias de Paz y Rodríguez para no vulnerar los derechos políticos de las organizaciones políticas. “Al no existir candidatos del binomio no pueden presentar listas de candidatos a senadores ni diputados plurinacionales. Entonces, es una afectación directa al derecho colectivo de la organización política y de los ciudadanos que eventualmente quieran ser candidatos”.

Es decir, las renuncias de los candidatos Paz (PDC) y Rodríguez (BDN) se presentó en un momento no adecuado para la entidad siendo que el calendario electoral aún no había recibido y cumplido con la inscripción de los postulantes a la Asamblea Legislativa. Ahora que se cumplió esa fase, el TSE ingresa en la revisión de las listas, y también en el tratamiento de las renuncias y objeciones que puede presentar la ciudadanía.

“La decisión de estos candidatos (Paz Zamora y Rodríguez) me imagino serán ratificadas y la Sala Plena tendrá que tratarlo y resolverlo”, añadió.

Las renuncias de los candidatos y el rechazo del TSE fue una de las últimas observaciones de políticos de la oposición contra el TSE, ante lo cual el Vicepresidente de la entidad, apuntó a la Ley 1096 de Organizaciones Políticas y al tratamiento que le dieron en la Asamblea Legislativa. Costas dijo que el Legislativo se “apresuró” en aprobar la norma.

“Ha habido un apresuramiento en la Ley de Organizaciones Políticas y lo que significó el proceso de elecciones primarias. El legislativo pensó que el artículo 108 (de la Ley de Régimen Electoral) era suficiente y nosotros tenemos el ámbito administrativo y jurisdiccional para resolverlo o habrá que plantear un incidente complementario”, señaló.

La Ley del Régimen Electoral (026), en su artículo 108 permite la sustitución de candidaturas a cualquier cargo en casos de "renuncia, inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad total".

Especificó que según la LOP, el carácter vinculante y obligatorio de las elecciones primarias establece una “vinculación al proceso” y la única manera de romper eso es la muerte o una enfermedad grave.

“La única manera de romper esta vinculación al proceso es la muerte o enfermedad, no dice la renuncia, no habla de renuncia”, recalcó.

 
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