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Ley electoral de asambleístas del MAS

Presentarán dos recursos ante TCP por vicios en promulgación

Los recursos de inconstitucionalidad serán contra la norma que difiere las elecciones generales y obliga al TSE a realizarlas en el lapso de 90 días, además por usurpar atribuciones del órgano electoral, según el viceministro Isarael Alanoca


SESION DE CÁMARA DE SENADORES DIRIGIDA POR EVA COPA.

Dos recursos de inconstitucionalidad serán presentados por el Gobierno ante el Tribunal Constitucional en contra de la ley electoral promulgada por la presidenta de Senado, Eva Copa, usuroando las atribuciones del Tribunal Supremo Electoral (TSE), anunció el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Israel Alanoca.

Los recursos anunciados la semana pasada por el ministro de la Presidencia, Yerko Nuñez, serán presentados este martes al TCP: uno plantea un vicio de nulidad en el acto de la promulgación de la norma y el otro plantea la inconstitucionalidad abstracta por usurpar atribuciones del órgano electoral.

Se espera que los resultados de estos recursos, según los plazos establecidos, se conozcan en el lapso de treinta días aproximadamente.

“Según el código procesal constitucional se tiene plazos específicos para la admisión y luego para ir al fondo del tema” indicó Alanoca.

El acto viciado de nulidad fue cometido por la Presidenta del Senado al convocar a una sesión de asamblea, el día 30 de abril, para tratar la ley de indulto presidencial, al terminar esta, ingresa la nota remitida por el Ejecutivo con las observaciones a la norma que posterga las elecciones. En este momento, Copa reinstala sesión para promulgar la norma, este acto debe esperar 24 horas para ser legal.

En el caso del proyecto de ley promulgado por la mayoría masista del legislativo, esta norma vulnera la independencia de poderes al arrebatar y atribuirse para sí, la determinación de la fecha en que se produzca el día de votación imponiendo un plazo límite para este efecto al Tribunal Supremo Electoral. Este órgano es el único que tiene la potestad de definir el día de votación, basando esta decisión en evaluaciones científicas y médicas de expertos y organismos especializados en cuestiones sanitarias.

 
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