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Reglamentan envío de información para contribuyentes de hotelería


Mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102000000030, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) reglamenta el procedimiento, forma, plazos y medios de envío de información de los contribuyentes del sector de hotelería u hospedaje.

Los contribuyentes deben enviar al SIN, hasta el último día hábil de marzo de 2021, la información sobre las “Características generales de la casa matriz y sucursales”, a través del Módulo Hoteles del Aplicativo Contribuyentes SIAT, conforme las especificaciones del Numeral 1 del Artículo 4 de la citada RND.

Además, deben enviar bimestralmente a la Administración Tributaria la “Información del servicio de hotelería u hospedaje”, solicitada en el Numeral 2 del Artículo 4, en los siguientes plazos:

Cuando el contribuyente no tenga movimiento durante el bimestre, debe enviar al SIN esta información consignando la marca “Sin movimiento”, mediante el Módulo Hoteles del Aplicativo Contribuyentes SIAT.

Los contribuyentes que incumplan el deber formal de enviar información al SIN, incurrirán en contravención tributaria, prevista en el Artículo 162 de la Ley 2492 Código Tributario Boliviano, sancionada según la norma vigente.

Los contribuyentes pueden leer el contenido completo de la RND Nº 102000000030, “Reglamento para el envío de información de servicios de hotelería u hospedaje”, en la página web www.impuestos.gob.bo y en las cuentas que el SIN tiene en Facebook, Twitter e Instagram.

Mediante esta norma se aprobó también el uso del Módulo Hoteles del Aplicativo Contribuyentes SIAT, que permite realizar el registro de información de los servicios de hotelería u hospedaje.

 
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