El caso se registró en Palos Blancos

Detención preventiva para presunto violador de menores



Localidad de Palos Blancos, en cuyo lugar se habría registrado violación a menores de edad.

La Fiscalía Departamental de La Paz informó ayer, que se logró la aprehensión y detención preventiva, en la cárcel de San Pedro, para Misael I. L., imputado por la presunta comisión del delito de violación de infante niña, niño o adolescente, contra dos menores de 11 y 14 años, ambas hermanas de su expareja.

“El Ministerio Público en una actuación inmediata, eficaz y proactiva ha logrado la detención preventiva del imputado, tras conocer del hecho registrado en (una) comunidad del (municipio) Palos Blancos. En la audiencia se expusieron los indicios, tales como: certificados médicos forenses, declaraciones de testigos e informes psicológicos, que apuntan al imputado como autor”, informó el fiscal departamental, Edwin Blanco.

En la audiencia de medidas cautelares, la fiscal asignada al caso, Janeth Usnayo, indicó que el delito fue denunciado por la expareja del imputado, quien refirió que sus hermanas menores fueron abusadas sexualmente en varias oportunidades por Misael I. L. de 32 años.

“De las declaraciones informativas, informes psicológicos preliminares y el acta de reconocimiento, se puede advertir que ambas víctimas han reconocido al imputado, como su agresor, quien a sabiendas de que cometía un delito, continuó con el ilícito y lo consumo cada vez que él quería, aprovechando la ausencia de su concubina”, precisó la fiscal del caso.

El artículo 308 del Código Penal tipifica y sanciona el delito de violación de infante, niño, niña o adolescente, con la privación de libertad de 20 a 25 años, si el delito de violación fuere cometido contra persona de uno u otro sexo menor de 14 años, así no haya uso de la fuerza o intimidación y se alegue consentimiento.

En ese marco, la fiscal Usnayo solicitó a la autoridad jurisdiccional la detención preventiva del imputado, toda vez que existen los suficientes elementos de convicción para sostener que el imputado es con probabilidad autor del hecho punible.

Asimismo, evidenció los riesgos procesales de fuga y obstaculización, que hacen presumir que el imputado no se someterá al proceso, ya que no acreditó domicilio, familia, ni actividad lícita constituida legalmente en el país.

 
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